martes, 18 de febrero de 2014

Gonzalo Moliner, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, juez y parte.

 
 
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Gonzalo Moliner, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, juez y parte.

16 de febrero de 2014


El pasado 23 de mayo de 2013, antes de una reunión en Sevilla, el entonces presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, D. Gonzalo Moliner, realizó unas declaraciones sobre la instrucción del caso de los ERE. El presidente del Tribunal Supremo criticó como estaba llevando la instrucción la juez Dª. Mercedes Alaya.

Reproducimos a continuación la noticia publicada al respecto en uno de dichos medios.


El presidente del CGPJ, Gonzalo Moliner, amenaza con expedientar a la juez Alaya - Libertad Digital
El presidente del Tribunal Supremo (TS) y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Gonzalo Moliner, ha asegurado este jueves que, "de momento", no se ha planteado la posibilidad de abrir un expediente disciplinario contra la juez de Sevilla Mercedes Alaya, aunque "no es normal ni aceptable" el retraso en tomar declaración a algunos de los imputados en la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos tramitados por la Junta de Andalucía.
En declaraciones a los periodistas antes de reunirse en Sevilla con la Sala de Gobierno del TSJA, Gonzalo Moliner ha asegurado, no obstante, que "si se siguen demorando" tomarían medidas que podrían llevar" a la apertura de expediente disciplinario a la magistrada o a una inspección en el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, "pero de momento no se nos ha ocurrido ni estamos en ello".
En estos momentos, según ha añadido el presidente del CGPJ, trata de "solucionar un problema y no de crear otro abriendo un expediente", pues "se trata de un retraso que se puede corregir". "Vamos a tomar medidas para que estos problemas se solucionen, y creo que conseguiremos que se solucionen", ha indicado
Así, asegura que "no" le consta que la juez esté actuando mal", sino que "tiene un agobio de trabajo y lo está tratando de llevar adecuadamente", aunque dice no saber "hasta qué punto lo está haciendo del todo". Tras insistir en que tratarán de solucionar el problema, ha subrayado que no se va a solucionar "aquí", donde el objetivo es "tomar conciencia de la situación" y a partir de ahí tomar o no "las medidas que correspondan".
Cuestionado por el hecho de que la magistrada Alaya haya renunciado a uno de los dos jueces de refuerzo que destinó el TSJA a su Juzgado, Moliner ha explicado que no pueden "obligarle" a que acepte los refuerzos, ya que prevalece, según ha recordado, el principio de juez natural y predeterminado por la Ley.
El pasado martes, la Sala de Gobierno del TSJA mostró su "preocupación" por el "número de imputados" de la causa de los ERE a los que la juez Mercedes Alaya todavía no ha tomado declaración, una situación que "aconseja" que "se valore" la posibilidad de que el juez de refuerzo le "apoye" tanto en la instrucción del caso ERE como en el resto de 'macrocausas' que investiga.
Dado que las críticas provenían del presidente, éstas podían incluso ser consideradas como una amenaza o coacción a la juez Dª. Mercedes Alaya.

Dichas declaraciones de D. Gonzalo Moliner fueron ampliamente criticadas por todas las asociaciones judiciales. Dichas críticas fueron también recogidas por los medios de comunicación.

Las críticas de D. Gonzalo Moliner llegan incluso a ser calificadas como amenazas tanto por la prensa como por alguna de las asociaciones judiciales que emitieron un comunicado de prensa al respecto.



Por ello presentamos una queja ante el C.G.P.J. pues estos hechos eran constitutivos de una falta tipificada en el artículo 418 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.



A la queja se adjuntaba el expediente de un caso idéntico que concluyó con sanción firme refrendada por el Tribunal Supremo a un par de jueces que comentaron y criticaron la instrucción del caso Palau.

·         Sancionada la juez María Sanahuja por las críticas a Juli Solaz en el 'caso Millet'



Ante la falta de contestación a nuestra queja (faltando al más elemental buen gusto, buena educación e incumpliendo la Ley 30/92) hemos ido presentando repetidos escritos solicitando una respuesta a nuestra queja y poder ver el correspondiente expediente. Pero los intentos fueron vanos pues nunca obtuvimos respuesta.


Tras el último cambio de vocales en el C.G.P.J. y sus correspondientes equipos, hemos recibido una llamada telefónica del C.G.P.J. en respuesta a nuestro último escrito. Nos comentaron que no encontraban documento alguno relativo a lo que les pedíamos y que les enviásemos por fax copia del escrito inicial de la queja con su correspondiente sello del registro de entrada.

La respuesta recibida no ha podido ser más demoledora. El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial decidió que se archivase la queja presentada contra él mismo y que no se abriese siquiera el correspondiente expediente. Juez y parte.





Hemos acudido al C.G.P.J. para ver el expediente y tomar las medidas oportunas y nos hemos visto nuevamente sorprendidos al comprobar que no hay expediente.

Esto es, en lenguaje coloquial pues no queremos ser soeces ni zafios, D. Gonzalo Moliner ordenó tirar a la basura la queja formulada contra él mismo.

Curiosa forma de entender cómo ha de ser impartida la justicia. Ni se ha molestado en guardar las apariencias y dejar que sea otro juez quien “archive” la denuncia.

Estamos redactando la correspondiente querella criminal contra D. Gonzalo Moliner y quienes dentro del C.G.P.J. han tapado o mirado para otro lado en este asunto.



Asociación PROJUSTICIA

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1.- Ni Hitler ni Stalin se atrevieron a legislar en base al derecho penal de autor.

2.- Ley integral contra la violencia de género.

3.- Ley del divorcio.

4.- Ley de igualdad o de desigualdad

5.- Denuncias falsas.

6.- Mujeres maltratadoras

7.- “Privilegios” de las “maltratadas”.

8.- Industria del maltrato.

9.- ¿Casas de acogida o negocio?

10.- La violencia en la pareja, bidireccional y simétrica.

11.- Las mentiras de las feministas.

12.- Custodia Compartida.

13.- Padres divorciados, padres maltratados.

14.- La falacia del argumento de los niños maleta.


   
Notas de prensa anteriores

  

Ejemplos de la legislación feminazi española.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la "igualdad" efectiva de mujeres y hombres.
Artículo 13. Prueba.
1. De acuerdo con las Leyes procesales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá a la persona demandada probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el órgano judicial, a instancia de parte, podrá recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes.
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Artículo 37. Protección contra los malos tratos.
El artículo 153 del Código Penal, queda redactado como sigue:
1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.
- Directiva 97/80/CE del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo
Artículo 4
Carga de la prueba
1. Los Estados miembros adoptarán con arreglo a sus sistemas judiciales nacionales las medidas necesarias para que, cuando una persona que se considere perjudicada por la no aplicación, en lo que a ella se refiere, del principio de igualdad de trato presente, ante un órgano jurisdiccional u otro órgano competente, hechos que permitan presumir la existencia de discriminación directa o indirecta, corresponda a la parte demandada demostrar que no ha habido vulneración del principio de igualdad de trato.
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=Directive&an_doc=1997&nu_doc=80

Asociación PROJUSTICIA para damnificados por decisiones judiciales Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Grupo 1 / Sección: 1 / Número Nacional: 586892 – CIF: G84649334

jueves, 6 de febrero de 2014

Mitin Papá Huelva. 2013-10-28


Irene y Javier Fernández-Largo y su madre Carmen López García-Serrano, ¿maltratadores?

Irene y Javier Fernández-Largo y su madre Carmen López García-Serrano, ¿maltratadores?

Mientras madre y abuela controlan, espían y graban la conversación entre padre e hijo (delito contemplado en el Código Penal), el niño se pasa hora y cuarto llorando reclamando que quiere estar con su padre.
La madre apaga las luces para que el niño tenga miedo y desarrolle animadversión a relacionarse con su padre.
Pese a las repetidas llamadas del niño, la madre prolonga la tortura al no hacerle caso.
Esta prueba, como tantas otras, fue aportada al juicio por la custodia. La juez Mónica Guerrero Fraile la inadmitió, como tantas otras, otorgando la custodia a la madre.

El siguiente audio no es sino un breve resumen de la hora y cuarto de llanto y miedo que sufre el niño.



Juzgado de familia feminazi.

Juzgado de familia feminazi
“Agárralo como puedas 33 1/3. El insulto final”
Parodia de los juzgados de familia en los que todos los operadores son mujeres excepto el padre quien está condenado de antemano.
Jueza, fiscal, jurado, secretaria, público… tienen predeterminado su veredicto favorable a la mujer.
Al hombre se le tiene por mala persona por no satisfacer todos los deseos de su esposa a quien ha de colmar de atenciones.
Se le tiene por incapaz de atender a sus hijos por no saber o hacer las tareas domésticas aunque las haga. Pese a que el hombre es ingeniero se da por demostrado que es incapaz de distinguir la ropa blanca de la de color.
El trabajo realizado fuera de la casa por el hombre para mantener la familia no es tomado en consideración. En los juzgados de familia feminazis es más valorado, por ser más importante y sacrificado, el emparejar calcetines que el bajar a picar en la mina.
Mujeres con varios exmaridos pues han hecho del matrimonio/divorcio su forma de vida.
Aunque la escena de la película parezca exagerada, la realidad siempre supera la ficción. Algo que sabe cualquiera que haya pisado un juzgado de familia.
En cualquier caso, se condena a los niños a una orfandad artificial que les causará graves perjuicios para el resto de sus vidas.



Manifestación Madridnoviembre2013

www.projusticia.es/madridnoviembre2013.html

Derogación de las leyes sexistas basadas en la ideología de género.

Custodia Compartida, sí.

Denuncias falsas, no.

Síndrome de Alienación Parental, no.

www.projusticia.es