jueves, 21 de septiembre de 2017

José Luis Sariego y compañía quedan retratados una vez más


José Luis Sariego y compañía quedan retratados una vez más.
Esperemos que sea definitivamente.
Quería publicidad y lo ha conseguido. Le ha bastado una semana de sus habituales mentiras.
Lástima que sus compinches se vayan de rositas. Carrasco, Corredoira y los demás no son citados en el artículo.
Se explica el porqué de la mala fama de muchos abogados.
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La venganza contra Juana Rivas

Francesco Arcuri, expareja de la granadina, prepara una ofensiva legal en Italia contra ella. En octubre se dirime la custodia de los hijos
Juana Rivas, en el centro, antes de su última comparecencia ante la juez en Granada. PEPE MARIN (EL PAÍS) ATLAS-QUALITY
JAVIER ARROYO
Granada – 18 SEP 2017
La entrega de los dos hijos de Juana Rivas al padre de los niños, Francesco Arcuri,el 28 de agosto pasadofue un momento relevante pero no el final de esta historia desgarradora. Desde que los hijos se reencontraran con su padre, condenado en 2009 en España por maltrato, el trasiego de abogados, citaciones judiciales, demandas y avisos de demandas se multiplica exponencialmente.
La decisión de Juana de abandonar Italia, el retraso en la tramitación de su denuncia por malos tratos realizada en España en vez de en Italia, país donde supuestamente ocurrieron, así como su desaparición y no entrega de los niños a su padre, la obliga a defenderse en el ámbito judicial. Arcuri, por su parte, ha planificado un futuro legal al ataque en Italia. Su estrategia legal parece tener el objetivo de que Rivas acabe en la cárcel y lo más lejos posible de los niños. El equipo de la madre, por otro lado, busca centrar su estrategia en la idea de que ella es una madre maltratada y que, todo lo que ha hecho posteriormente está justificado por ello y por el retraso en la denuncia de malos tratos que presentó en España y que ha tardado más de un año en llegar a Italia.
El juicio más relevante tendrá lugar el 31 de octubre a las 9 de la mañana en la Sección 1ª del Tribunal Civil de Cagliari. Allí, tres jueces deben decidir sobre la guardia y custodia de los menores y sobre su manutención. Han citado a las partes para revisar la sentencia que en julio otorgaba la guardia y custodia de los dos menores, de 3 y 11 años, de modo provisional a Arcuri. La presencia de Juana Rivas no es obligatoria y ha sido imposible conseguir que sus abogados aclaren qué decisión tomará Juana. Antes, los servicios sociales de Carloforte y los servicios médicos locales deberán visitar el hogar familiar e informar al juzgado de las condiciones de vida y salud de los menores.
Fuentes cercanas a Francesco explican que los niños han recibido ya varias visitas –al menos los dos miércoles anteriores– de estos equipos sociales. Este juicio no va a ser pacífico para Juana Rivas. Bruno Poli anuncia cuáles serán sus peticiones al tribunal: además de hacer permanente la guardia y custodia para el padre, lucharán por conseguir la suspensión de la patria potestad de la madre así como modificar su derecho de visita, que quieren que pase de ilimitado a que Juana solo pueda visitar a los niños en Italia y en presencia de su padre “vista la manifiesta peligrosidad de la señora Rivas que puede volver a secuestrar a los niños”, cuenta Poli, miembro también de su equipo legal.
En ese mismo juicio, debe resolverse la manutención de los niños. Francesco, según sus abogado, pedirá 500 euros mensuales a Rivas. En definitiva, queda atrás la buena voluntad del primer abogado de Arcuri, Adolfo Alonso, que sostenía que la entrega de los niños supondría el inicio de una nueva etapa menos problemática entre el padre y la madre de los menores.
En Granada, mientras tanto, Juana tiene que defenderse en el juicio penal que se lleva contra ella por sustracción de menores y desobediencia judicial, consecuencia de una denuncia interpuesta por Arcuri tras su desaparición a finales de julio y su no comparecencia con los hijos. Arcuri, desde su llegada a Italia, ha cortado la comunicación entre madre e hijos. Ante eso, los abogados de Rivas han presentado en Italia una demanda para asegurar una comunicación diaria entre madre e hijos a través de internet. A todo eso, la denuncia original presentada hace más de un año en Granada contra Arcuri por violencia de género y que, tras diversas peripecias judiciales fue trasladada a Italia apenas hace un mes, no ha tenido aún ningún trámite conocido en ningún juzgado italiano. Al menos, los abogados de Arcuri dicen no haber recibido ninguna notificación de juzgado alguno al respecto.
Por su parte, Francesco Arcuri está centrando su estrategia jurídica en Italia. Arcuri y su equipo sienten que les conviene batallar allí mientras que su actuación en España será atender los asuntos que vayan surgiendo a través de un abogado contratado esta misma semana, que es el tercero desde que todo arrancó.
Así las cosas, lo que se avecina en los juzgados “es lo más parecido a una batalla”, comenta uno de los miembros del equipo jurídico de Juana Rivas. Conscientes de ello, ambas partes se han hecho con equipos legales robustos. Juana ha contado con una abogada de oficio y una asesora del Centro de la mujer de Maracena en el proceso civil que ya acabó. Un día antes de su entrega y detención por la Guardia Civil, el 22 de agosto pasado, con el caso ya convertido en causa penal, contrató un nuevo equipo legal, encabezado por Juan de Dios Ramírez Sarrión.
Éstos, a su vez, buscan ahora un equipo legal italiano fuerte para trabajar conjuntamente. Arcuri también pasó el trámite civil español con un solo abogado. Ahora, en Italia, está representado por cuatro letrados. Ambos están fuertemente arropados, por otro lado, por grupos que defienden sus causas. Arcuri por la Asociación italiana de padres de niños secuestrados y Rivas por numerosos grupos feministas que, además, han iniciado una petición de fondos por internet para pagar al nuevo equipo legal.
La actuación de los abogados muestra que Arcuri, aunque tiene ya a los niños consigo, no va a ejercer la compasión que prometió. Poli ha explicado por correo electrónico a este diario que en este momento, en la vía penal italiana, solo está viva “la denuncia contra la madre por sustracción de menores, cuya pena máxima en Italia es de 4 años y suspensión de patria potestad. No obstante, estamos preparando otro procedimiento contra la madre por secuestro de los niños”. Según Poli, en el ordenamiento italiano, si durante el periodo de sustracción de los niños se les ha privado de sus derechos fundamentales, el delito podría ser el de secuestro, penado de 1 a 10 años de cárcel mientras que el de sustracción es de 1 a 4 años de prisión. Y eso están valorando ahora.
También está preocupado Francesco por la imagen que se ha dado de él. Por eso, relata su portavoz, “nuestro equipo penal está examinando y traduciendo todo lo publicado por internet para identificar cualquier daño al honor y reputación de Arcuri. Dada la documentación, necesitamos algunos días para saber con seguridad el número de personas a las que denunciaremos. Puedo anticipar que ya hemos identificado 6 o 7”. Y tienen otras 20 bajo observación. En Italia han intentado ampliar la denuncia a lo emitido y publicado en televisiones y periódicos españoles pero han comprobado que su legislación no lo permite. Quizá podrían hacerlo en España pero ese no es ya su terreno.
Además de sustracción y secuestro, a Juana también la quieren hacer pagar por mancillar la reputación de Francesco. No le perdonan el relato que ella ha hecho de su vida en Italia, que incluye malos tratos hacia ella y los niños. “Tendrá que responder al delito de difamación por lo dicho sobre Francesco. Cualquier condena, además de compensación económica, incluirá penas privativas de libertad”. En la cárcel y lejos de los niños. Éste es, según sus abogados, el apabullante presente y futuro penal del caso que busca Arcuri.
Juan de Dios Ramírez, abogado de Juana en España, sabe que a estas alturas la situación es difícil para su defendida, pero tiene clara su línea de defensa. “Juana es una mujer maltratada, víctima de violencia de género y debería haber sido defendida por la ley. Y no ha sido así. El sistema judicial español le ha dado la espalda mientras que el italiano ha corrido a favor de Arcuri. Si la denuncia original por maltrato hubiera sido tramitada según marcan los convenios y tratados internacionales, nada de lo que ha venido después hubiera pasado”. Y concluye con el núcleo de su defensa: “A partir de la violencia de Francesco hacia Juana, cualquier actuación posterior ha de ser comprendida”.

NI DENUNCIA A SUSANA DÍAZ NI CONTRA LA LEY CONTRA LA VIOLENCIA MACHISTA

El caso de Juana y Francesco ha tenido muchas jornadas tristes. Y alguna delirante. El día que Rivas apareció en el programa de Ana Rosa Quintana para explicar su vida junto a Arcuri, José Luis Sariego, abogado en España del italiano emitió un comunicado. Un puro delirio de falsedades en dos folios. Tanto que ese mismo día, dejó de ser abogado de Arcuri. Un día después, Sariego informaba que se despedía del equipo de Francesco por diferencias con él. Bruno Poli, portavoz de Arcuri, explica que, al contrario de esa versión, “Francesco ha comunicado a Sariego que no lo necesita y no le ha renovado el poder notarial” necesario para representarlo.
En la nota, Sariego, que decía hablar en nombre de Arcuri, hacía referencia a una demanda con “una indemnización millonaria contra 12 periodistas y políticas que le han difamado”. Y continuaba: “Entre ellas, deberán responder ante la justicia italiana, la presidenta de una comunidad autónoma española”. Poli, desde Italia y con gran enfado, confirma que presentarán, “en los próximos días”, 6 o 7 denuncias pero “no sobre ninguna política”. ¿Está la presidenta Susana Díaz, como se ha dicho, en la denuncia?. “No sé quién es. No hay ninguna denuncia contra ella ni la tenemos prevista”, responde. Tampoco hay petición millonaria de indemnizaciones porque “no se ha cuantificado en dinero. Se denunciará y, en caso de ser culpables, se valorará el daño”.
Otra patraña de la nota de Sariego es que se había denunciado “la ley de violencia de género española por vulnerar sus derechos y las de todos los hombres”. Rotundo, Bruno Poli lo niega: “Es totalmente falso”.
Y finalmente, la nota en nombre de Arcuri advertía de que “por consejo de los psicólogos… era recomendable cortar todo contacto con aquellas personas [su madre] que los tuvieron secuestrados”. Poli desmiente que el corte de la comunicación se deba al consejo de los psicólogos. Sencillamente, no hablan con su madre ahora “porque ella no ha dejado que su padre tenga contacto con ellos en un año y medio”.


http://projusticia.es/jose-luis-sariego-y-compania-quedan-retratados-una-vez-mas/


viernes, 1 de septiembre de 2017

Cada año miles de Juanas Rivas

Asociación
PROJUSTICIA


Cada año miles de Juanas Rivas.


25 de agosto de 2017


El caso de Juana Rivas no es sino uno más de los que se dan cada año en España en los más de cien mil separaciones y divorcios que se producen anualmente. Separaciones en las que se fabrican hijos huérfanos de padres vivos por no respetar la custodia compartida.

No les hace falta poner miles de kilómetros entre sus hijos y los padres.

Les basta con acudir al juzgado; reclamar la propiedad de los hijos; asegurarse el uso y disfrute de los bienes del ex; presentar una denuncia falsa de maltrato con su correspondiente informe falso; servirse del aparato del Estado creado al efecto y alienar a los hijos en contra del padre.

Sólo queda esperar a que las dilaciones judiciales, la política de hechos consumados, el lavado de cerebro a los hijos y la impunidad de sus delitos les confirmen la propiedad de los hijos aún en contra de la legislación y la jurisprudencia vigentes.

Poco les importa el daño que causen a sus propios hijos que para ellas son sólo las herramientas con las que se aseguran el nivel de vida al no respetar los legisladores y los jueces la propiedad privada.

Me voy a mi casa con mis hijos” declaró Juana Rivas en la puerta del juzgado pese a tener orden de detención y estar obligada a entregar a los niños, consciente de estar por encima de la ley. O mejor dicho, de que la ley es lo que le a ella se le ponga entre ceja y ceja en cada momento y lugar.

El Estado de Derecho, el imperio de la ley, conculcado diariamente en los juzgados españoles.

La aplicación del derecho con “perspectiva de género” según el cual lo que haga una mujer siempre está bien y el juez sólo puede decir amén so pena de ser inhabilitado tras la correspondiente persecución y muerte civil.

Leyes basadas en el derecho penal de autor, como bien nos ilustra el juez granadino, D. Manuel Piñar:
Para el magistrado granadino, este "excesivo celo ideológico" de proteger a la mujer "está llevando a quitar la dignidad a determinados varones que son denunciados y sometidos a tediosos y rigurosos procedimientos, que con frecuencia comprenden detención y escarnio público, lo que no hace sino alimentar la violencia, dar un paso atrás en la igualdad ante la ley y en última instancia en el Estado de Derecho".



La igualdad ante la ley, la presunción de inocencia y demás principios jurídicos básicos llevan años arrumbados en los archivadores de los juzgados españoles.



Dpto. de prensa
Asociación PROJUSTICIA
info@projusticia.es
' 620100000






1.- Ni Hitler ni Stalin se atrevieron a legislar en base al derecho penal de autor.

2.- Ley integral contra la violencia de género.

3.- Ley del divorcio.

4.- Ley de igualdad o de desigualdad

5.- Denuncias falsas.

6.- Mujeres maltratadoras

7.- “Privilegios” de las “maltratadas”.

8.- Industria del maltrato.

9.- ¿Casas de acogida o negocio?

10.- La violencia en la pareja, bidireccional y simétrica.

11.- Las mentiras de las feministas.

12.- Custodia Compartida.

13.- Padres divorciados, padres maltratados.

14.- La falacia del argumento de los niños maleta.

15.- Los jueces de familia incumplen la ley y la jurisprudencia.
  

Notas de prensa anteriores



Ejemplos de la legislación feminazi española.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la "igualdad" efectiva de mujeres y hombres.
Artículo 13. Prueba.
1. De acuerdo con las Leyes procesales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá a la persona demandada probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el órgano judicial, a instancia de parte, podrá recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes.www.projusticia.es\ley-de-igualdad
- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Artículo 37. Protección contra los malos tratos.
El artículo 153 del Código Penal, queda redactado como sigue:
1. El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aún sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.http://projusticia.es/ley-integral-contra-la-violencia-de-genero/
- Directiva 97/80/CE del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo
Artículo 4
Carga de la prueba
1. Los Estados miembros adoptarán con arreglo a sus sistemas judiciales nacionales las medidas necesarias para que, cuando una persona que se considere perjudicada por la no aplicación, en lo que a ella se refiere, del principio de igualdad de trato presente, ante un órgano jurisdiccional u otro órgano competente, hechos que permitan presumir la existencia de discriminación directa o indirecta, corresponda a la parte demandada demostrar que no ha habido vulneración del principio de igualdad de trato.
http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=Directive&an_doc=1997&nu_doc=80

Asociación PROJUSTICIA para damnificados por decisiones judiciales Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Grupo 1 / Sección: 1 / Número Nacional: 586892 – CIF: G84649334