Da igual quien monte el sarao que siempre pagará el mismo
idiota.
El sentido común y el más elemental criterio jurídico se
lo pasan por el forro.
La cara dura que le echan no tiene límite. Y como siempre,
nos venden que nos están dando derechos cuando lo que hacen es quitárnoslos y
esclavizarnos cada vez más.
Si no fuesen tan graves las consecuencias sería para
partirse de risa.
Está claro que saben perfectamente que manejan un rebaño
de idiotas incapaces siquiera de quejarse.
Justicia precisa que las mujeres sin recursos pagarán las tasas judiciales con cargo al caudal común o al cónyuge
Aquellas
mujeres cuyos ingresos sean inferiores a 2,5 el Indicador Público de Renta
(IPREM) pagarán las tasas con cargo al caudal común del matrimonio o al del
cónyuge en los procesos de separación y divorcio, según han explicado a Europa
Press fuentes del Ministerio de Justicia.
EUROPA PRESS /
MADRID | 23.11.12
Responde
así a las críticas de organizaciones de mujeres y de la presidenta del
Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género, sobre la repercusión que la
nueva ley puede tener en los procesos de separación y divorcio de mujeres
maltratadas.
En
este sentido, Justicia recalca que en el caso de las tasas será de aplicación el
artículo 1.318 del Código Civil, que ya establece esta misma premisa para los
cónyuges sin recursos en caso del pago de procuradores y abogados.
De
este modo, en la actualidad esta exención afectaría a todos aquellos con unos
ingresos anuales inferiores a 14.910 euros. No obstante, el ministro de
Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, ya ha avanzado que su departamento estudia
incrementar el umbral de exención en la futura Ley de Justicia Gratuita
aplicándola a todos aquellos que tengan ingresos anuales inferiores a 15.975
euros (2,5 veces el indicador público de renta IPREM).
Asimismo,
Justicia recuerda que la tasa en procesos de separación y divorcio está fijada
en 150 euros y que solamente se incrementa en función de los bienes en litigio.
En cualquier caso, recuerda que los proceso relacionados con la guarda y
custodia de los hijos o de pensión de alimentos están exentos de tasas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario