sábado, 15 de diciembre de 2012

Justicia precisa que las mujeres sin recursos pagarán las tasas judiciales con cargo al caudal común o al cónyuge


Da igual quien monte el sarao que siempre pagará el mismo idiota.
 
El sentido común y el más elemental criterio jurídico se lo pasan por el forro.
 
La cara dura que le echan no tiene límite. Y como siempre, nos venden que nos están dando derechos cuando lo que hacen es quitárnoslos y esclavizarnos cada vez más.
 
Si no fuesen tan graves las consecuencias sería para partirse de risa.
 
Está claro que saben perfectamente que manejan un rebaño de idiotas incapaces siquiera de quejarse.

 
 
 

Justicia precisa que las mujeres sin recursos pagarán las tasas judiciales con cargo al caudal común o al cónyuge

 
Aquellas mujeres cuyos ingresos sean inferiores a 2,5 el Indicador Público de Renta (IPREM) pagarán las tasas con cargo al caudal común del matrimonio o al del cónyuge en los procesos de separación y divorcio, según han explicado a Europa Press fuentes del Ministerio de Justicia.
 
EUROPA PRESS / 
 
Responde así a las críticas de organizaciones de mujeres y de la presidenta del Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género, sobre la repercusión que la nueva ley puede tener en los procesos de separación y divorcio de mujeres maltratadas.
En este sentido, Justicia recalca que en el caso de las tasas será de aplicación el artículo 1.318 del Código Civil, que ya establece esta misma premisa para los cónyuges sin recursos en caso del pago de procuradores y abogados.
De este modo, en la actualidad esta exención afectaría a todos aquellos con unos ingresos anuales inferiores a 14.910 euros. No obstante, el ministro de Justicia, Alberto Ruíz Gallardón, ya ha avanzado que su departamento estudia incrementar el umbral de exención en la futura Ley de Justicia Gratuita aplicándola a todos aquellos que tengan ingresos anuales inferiores a 15.975 euros (2,5 veces el indicador público de renta IPREM).
Asimismo, Justicia recuerda que la tasa en procesos de separación y divorcio está fijada en 150 euros y que solamente se incrementa en función de los bienes en litigio. En cualquier caso, recuerda que los proceso relacionados con la guarda y custodia de los hijos o de pensión de alimentos están exentos de tasas.

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