lunes, 16 de febrero de 2026

Sánchez intenta meter el aborto en la Constitución por vía exprés para evitar que la reforma lo obligue a disolver las Cortes

El derecho a la vida es el primero y fundamental. Sin vida no hay más derechos.

Establecer como derecho el matar a una persona, que además no se puede defender y hacerlo a manos de quien debía protegerla más que nadie, no deja de ser una aberración más del feminazismo.

http://projusticia.es/bitacora/entradas/2026-02-15-Sanchez-intenta-meter-el-aborto-en-la-Constitucion-por-via-expres-para-evitar-que-la-reforma-lo-obligue-a-disolver-las-Cortes.html

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Sánchez intenta meter el aborto en la Constitución por vía exprés para evitar que la reforma lo obligue a disolver las Cortes


El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una sesión de control al Gobierno , en el Congreso. Europa Press

Josefina Giancaterino Stegmann

Madrid 14 feb. 2026

El presidente del Ejecutivo usa el procedimiento ordinario de reforma de la Carta Magna que no le obliga a disolver el Parlamento. El Consejo de Estado le reprocha que no se debe tratar un tema tan sensible pensando en las consecuencias políticas

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez ha aprobado su anteproyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución para garantizar el derecho al aborto. Este artículo vela por la protección de la salud, tiene tres apartados y si Sánchez consigue sacar adelante la reforma constitucional pasaría a tener cuatro.

El nuevo apartado reza lo siguiente: «Se reconoce el derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo. El ejercicio de este derecho, en todo caso, será garantizado por los poderes públicos asegurando su prestación en condiciones de igualdad efectiva, así como la protección de los derechos fundamentales de las mujeres».

Así reza en el anteproyecto de reforma del artículo 43 de la Constitución Española al que ha tenido acceso El Debate.

El Consejo de Estado, máximo órgano consultivo del Gobierno ha emitido dos dictámenes sobre esta cuestión. Uno, elaborado por el padre de la Constitución, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, que fue rechazado en la Comisión Permanente del Consejo de Estado –pese a que defiende el derecho al aborto– y otro, a cargo de María Luisa Carcedo, exministra de Sanidad y nombrada por Sánchez para formar parte del órgano consultivo, igual que su presidenta, Carmen Calvo.

El texto de Carcedo es un poco más contundente respecto al derecho al aborto, pero ambos coinciden en defender este derecho y también en reprocharle al Ejecutivo que la reforma se haga por el artículo 43 y no por el 15.

¿Principio rector o derecho fundamental?

Hacerlo por el artículo 43 implica, en primer lugar, que se trata al aborto como un principio rector de la política social y económica, mientras que al abordarse en el artículo 15 lo convierte en un derecho fundamental. Por lo tanto, al momento de modificar la Constitución el procedimiento a seguir será uno u otro en función de si se incluye en el artículo 43 o el 15.

El Gobierno elige el artículo 43 (Capítulo Tercero del Título I «De los principios rectores de la política social y económica») que obliga a aplicar el procedimiento ordinario (artículo 167): «Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado», dice la Carta Magna.

Hacerlo por el artículo 15 (Sección 1º del Capítulo Segundo del Título I «De los derechos fundamentales y de las libertades públicas») implica la disolución inmediata de las Cortes (artículo 168) y la convocatoria de elecciones porque se están modificando derechos fundamentales.


El Gobierno justifica el uso del artículo 43 porque «la interrupción voluntaria del embarazo se configura, además de como una libertad fundamental, como un derecho constitucional de carácter prestacional, estrechamente vinculado al derecho a la protección de la salud y al derecho a la vida y a la integridad física y moral, así como a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de la personalidad. Su reconocimiento en el artículo 43 CE, reforzado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, impone a los poderes públicos el deber de garantizar su ejercicio en condiciones sanitarias adecuadas, asegurando la igualdad efectiva, sin que puedan desconocer ni suprimir esta facultad. Así, el aborto seguro y legal no solo se ampara en el marco constitucional, sino que se erige como una exigencia derivada del respeto a los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Española».

Mayor celeridad

Pero también usan otro motivo, tal como se desprende de la memoria del proyecto: «La incorporación del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en el artículo 43 de la Constitución se justicia también por la mayor sencillez y celeridad que ofrece la tramitación de la reforma constitucional conforme al procedimiento del artículo 167 dela Constitución».

Tanto en uno como en otro dictamen señalan que es mejor modificar el derecho al aborto vía artículo 15 que el 43 y que usar como pretexto una mayor celeridad responde más a oportunidades políticas ante un tema tan relevante como es la interrupción voluntaria del embarazo.


https://www.eldebate.com/sociedad/20260214/sanchez-intenta-meter-aborto-constitucion-via-expres-evitar-reforma-obligue-disolver-cortes_385178.html



martes, 25 de noviembre de 2025

El Gobierno propone a la progresista Teresa Peramato como fiscal general del Estado

La feminazi Peramato será la nueva Fiscal general del Estado. Dado el carácter jerárquico de la Fiscalía Peramato será quien establezca los criterios a seguir por el resto de fiscales. Por ejemplo, no perseguir las denuncias falsas y negar su existencia. Todo puede empeorar según dice el aforismo. Nos esperan malos tiempos.

Recordemos algunos de los muchos hitos feminazis de Teresa Peramato en su biografía feminazi:

- Niega la existencia de denuncias falsas.

- Niega la existencia de la alienación parental.

- Exige la formación de género obligatoria.

- Propugna juzgar con perspectiva de género.

- Falsea los datos del Consejo General del Poder Judicial sobre el maltrato.

- Achaca a un 'error mecanográfico' la violencia de género en lesbianas.

- Obligar a creer “sí o sí” a la mujer.

- Considerar a la mujer propietaria de los hijos y darle vía libre a hacer con ellos lo que le venga en gana.

El delito de genocidio no prescribe.

Tendrán su Núremberg y su Spandau.



http://projusticia.es/bitacora/entradas/2025-11-25-el-gobierno-propone-a-la-progresista-Teresa-Peramato-como-fiscal-general-del-estado.html

jueves, 11 de septiembre de 2025

Ábalos se queja de que no existe la presunción de inocencia

Ábalos se queja de que no existe la presunción de inocencia.

Tiene razón Ábalos aunque el aún diputado (legislador) obvia que él ha sido uno de los que ha contribuido a crear este estado de desecho promulgando leyes feminazis que conculcan esos derechos. Leyes de las que ha presumido de ser un artífice más. "Soy feminista porque soy socialista", Ábalos dixit
Ahora está probando el amargo veneno que ayudó a crear.

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Ábalos carga duramente contra lo que considera una vulneración de sus derechos fundamentales. «Aquí existe la presunción de culpabilidad, nunca la inocencia. El principio de in dubio pro reo no es; es al revés, es contra reo», asegura.
«En otro país esto no se permite. En otro país con mayor respeto a las garantías procesales, a la presunción de inocencia», añade, criticando que «todo el documental era presunción de culpabilidad» cuando «aquí no se ha abierto ni juicio todavía».
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El diputado Ábalos concluye su intervención con una reflexión inquietante sobre el estado de los derechos fundamentales: «Cuando se vulnera un derecho fundamental de una persona, obviamente afecta a todos. Y lamentablemente es que esto se ha instalado». Para el ex ministro, estamos ante «una crisis de civilización» con «valores previos a la ilustración», donde el linchamiento mediático se ha convertido en un arma política que trasciende su caso personal y amenaza los cimientos democráticos del país.

https://okdiario.com/espana/abalos-no-ocurriria-nunca-hablar-pareja-mia-como-hecho-madre-mis-hijos-15377595

https://okdiario.com/espana/okdiario-accede-documento-divorcio-perles-abalos-peleas-mas-360-000-repartir-15374905/amp

viernes, 27 de septiembre de 2024

El TC abre la puerta a que las madres incumplan el régimen de visitas si denuncian por violencia

El “heteropatriarcado” opresor vuelve a conceder privilegios a mujeres gracias a jueces feminazis que violan las leyes y el sentido común.

Tendrán su Núremberg y su Spandau.


El TC abre la puerta a que las madres incumplan el régimen de visitas si denuncian por violencia

https://theobjective.com/espana/tribunales/2024-09-25/tc-falla-favor-madre-cumplir-regimen-visitas/

La Sala segunda del TC estima el recurso de amparo de una madre a la que se reprochó judicialmente no colaborar en el régimen de visitas estando inmersa en un procedimiento por violencia de género.

https://www.tribunalconstitucional.es/NotasDePrensaDocumentos/NP_2024_091/NOTA%20INFORMATIVA%20N%C2%BA%2091-2024.pdf