viernes, 22 de octubre de 2010

Eliminado el Ministerio de igualdad

Zapatero rompe la paridad de su Gobierno

Zapatero rompe con algunas de sus principales obsesiones. Primero ha eliminado el Ministerio de Igualdad, lo que ha generado el enfado de Aído. Y tras los nuevos nombramientos rompe la paridad de su gabinete del que tanto había presumido.

2010-10-20
 
El nuevo Gobierno de Rodríguez Zapatero pierde la paridad al situar a siete mujeres frente a nueve hombres, incluido Rodríguez Zapatero, en un total de quince ministerios, al tiempo que desaparece el Ministerio de Igualdad, creado en la anterior legislatura, en marzo de 2008, como una de las apuestas principales del presidente del Gobierno.
Tras la remodelación del Ejecutivo anunciada hoy, Leire Pajín ocupará la cartera de Sanidad y Rosa Aguilar la de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, mientras que la actual ministra de Sanidad, Trinidad Jiménez, se pasa al Departamento de Exteriores, cargo que ocupará por primera vez una mujer con el Gobierno de Zapatero.
Asimismo, Elena Salgado continuará como vicepresidenta segunda y titular de Economía, al igual que Carme Chacón que proseguirá en la cartera de Defensa; Ángeles González-Sinde, en Cultura y Cristina Garmendia en Ciencia e Innovación.
El Ejecutivo nombrado en marzo de 2008 ha sido el que ha contado con mayor número de mujeres, nueve, el mismo número que hombres, así como con un pionero Ministerio de Igualdad en el que se situó al frente del mismo a Bibiana Aído.


Manifestación Madridnoviembreiembre2010
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2010.html

El Supremo apoya la Custodia Compartida

El Supremo apoya la custodia compartida

Aunque no la acuerden los padres, se puede atribuir en interés del menor

Madrid - 19/10/2010

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha fallado a favor de la custodia compartida de un hijo de padres divorciados, medida que había sido revocada por la Audiencia Provincial de Valencia porque no se ajustaba a su criterio. El Supremo define en su sentencia los parámetros para conceder este tipo de custodia, que puede atribuirse con la oposición de uno de los padres siempre que beneficie al interés del menor.
Una vez decretado el divorcio de los padres, se atribuyó en primera instancia la guarda y custodia del menor de manera compartida. La madre, que se había opuesto a ese régimen, recurrió a la a la Audiencia Provincial, que lo modificó, por no ser criterio de dicha Audiencia conceder la custodia compartida "salvo supuestos puntuales".
La Sentencia del Supremo, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, estima el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por el padre del menor y confirma la guarda y custodia compartida que había sido adoptada en primera instancia.
La Sala considera que se produjo indefensión al padre del menor porque la Audiencia Provincial se basó en los informes existentes en primera instancia, pero no atendió a los practicados después, que consideraban que la guarda y custodia compartida no solo había funcionado correctamente, sino que era aconsejable seguir manteniéndola. El fiscal del Supremo informó a favor de mantener la custodia.
La sentencia recuerda la doctrina de la Sala en cuanto a la atribución de la custodia compartida, que permite al Juez acordarla en dos supuestos: cuando sea pedida por ambos progenitores, y cuando, a pesar de no existir esta circunstancia, se acuerde para proteger el interés del menor de forma más eficaz, siempre con informe favorable del Ministerio Fiscal.
Asimismo, se debe oír al menor cuando tenga suficiente juicio, así como tener en cuenta el informe de los equipos técnicos relativos a la idoneidad del modo de ejercicio de la patria potestad y del régimen de custodia. El Juez debe valorar las alegaciones de las partes y la prueba practicada en la comparecencia, así como la relación que los padres mantengan entre sí y con sus hijos, para determinar el mejor régimen de custodia.
Aplicando esa doctrina, la sentencia considera que la custodia compartida que había sido atribuida en primera instancia era más favorable para el interés del menor y no existían razones para su revocación.


Manifestación Madridnoviembreiembre2010
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domingo, 3 de octubre de 2010

Declarado nulo el juicio por la agresión de las feministas

Hoy he recogido la sentencia de la Audiencia Provincial sobre mi recurso respecto al juicio por la agresión de las feministas el verano pasado.
La Sección decimoquinta ha declarado nulo el juicio porque se nos produjo indefensión y ordena repetir el jucicio con otro juez.
Los jueces y fiscales han hecho mangas y capirotes para dejar fuera del pleito a las jerarcas feministas, tanto en la instrucción, juicio como incluso en la sentencia de la Audiencia Provincial, pero las cosas se van poniendo en su sitio. Y se pondrán del todo incluidas las prevaricaciones.

La vista oral del juicio anulado se puede ver en el siguiente enlace. Excuso decir que se ha presentado querella por falso testimonio contra Ana María Pérez del Campo y las demás "testigos".



Hoy es un día para celebrar.

Francisco Zugasti


Manifestación Madridnoviembre2010.