lunes, 13 de diciembre de 2021

La última aberración feminazi. Acreditación de las situaciones de violencia de género

 

La última aberración feminazi.

Como siempre, contraria al sentido común y al más elemental criterio jurídico independientemente de la faceta desde la que se analice.

Cualquier mujer podrá solicitar que se le considere víctima de violencia de género para poder acceder a los privilegios que el “Estado del bienestar” le brinda y que está resolución detalla sólo en parte. Da igual que haya absolución, condena, etc. Bastará con que la mujer tenga pensado pedirlo ante cualquiera de los innumerables chiringuitos feminazis.

En realidad se venía aplicando desde antes de la aberrante ley de violencia de género de la que esta resolución no es sino una extensión más. Ahora el "coladero" está en un texto publicado en el BOE para dar cobertura legal a las parásitas y a todos los vividores de la industria del maltrato.

No hace falta haber pasado por la facultad de derecho para darse cuenta de la aberración. Esto es, estamos ante una más que evidente prevaricación. Cuestión aparte es el nivel académico de quienes han redactado esta aberración. Tanto en el aspecto "legal" como en el "literario". Estamos gobernados por personas muy mediocres.

Pero se enfadan si las llamamos feminazis.

Tendrán su Nuremberg y su Spandau.


http://projusticia.es/bitacora/entradas/2021-12-13-acreditacion-de-las-situaciones-de-violencia-de-genero.html

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Resolución de 2 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 11 de noviembre de 2021, relativo a la acreditación de las situaciones de violencia de género.


Segundo. Situaciones en las que cabe la solicitud de la acreditación administrativa.

La acreditación de naturaleza administrativa de las situaciones de violencia de género objeto de los procedimientos básicos de acreditación a los que se refiere el presente acuerdo podrá ser solicitada por las mujeres que se encuentren en las siguientes situaciones:

– Víctimas que se encuentren en proceso de toma de decisión de denunciar.

– Víctimas respecto de las cuales el procedimiento judicial haya quedado archivado o sobreseído.

– Víctimas que han interpuesto denuncia y el procedimiento penal esté instruyéndose.

– Víctimas con sentencia condenatoria firme con pena o penas ya extinguidas por prescripción, muerte del penado, cumplimiento de la condena, entre otras causas, u orden de protección que haya quedado inactiva (las medidas impuestas ya no están en vigor), por sentencia absolutoria o cualquier otra causa que no declare probada la existencia de la violencia.

– Víctimas a las que se haya denegado la orden de protección, pero existan diligencias penales abiertas.

– Cuando existan antecedentes previos de denuncia o retirada de la misma.

En estos supuestos, la expedición de la acreditación por los organismos/recursos/servicios designados por las Comunidades Autónomas o las Ciudades de Ceuta y Melilla, recogidos en el anexo 2 del presente acuerdo, y que será objeto de actualización periódica por la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, de acuerdo con lo estipulado en el punto 7, requerirá la valoración previa del equipo de intervención/ asistencial del servicio social, servicio especializado o cualquier otro recurso de la red de recursos al que esté acudiendo la persona usuaria.

https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-20570

viernes, 12 de noviembre de 2021

El Congreso avala a los cuatro magistrados del TC con varios diputados díscolos

 

Es evidente que la labor de los nuevos “magistrados” será ratificar las aberrantes leyes que han aprobado sus mentores. Leyes que vulneran derechos básicos como la igualdad ante la ley y cuya justificación es una retahíla de mentiras.

Basta fijarse en el caso de la feminazi recalcitrante Inmaculada Montalbán. Ha sido presidente del Observatorio de violencia de género del CGPJ. Ha sido elegida por sus “méritos” entre los que se encuentran el falseamiento de los datos de personas asesinadas por sus parejas, la negación de la existencia de denuncias falsas o del Síndrome de Alienación Parental o su firme oposición a la custodia compartida “sin acuerdo entre las partes”. Defiende la necesidad de que jueces y demás operadores jurídicos reciban cursos de adoctrinamiento en materia de violencia de género. Es miembro de la Asociación jueces para la democracia. Penoso nombre para la asociaciación judicial que no es sino el brazo judicial del PSOE.

Por si queda alguna duda, el diputado de Unidas Somemas lo reconoce en su intervención previa a la votación. En su discurso deja claro su concepto de Estado de Derecho y respeto a la ley. Cogen el balón con la mano en el área aduciendo que es de su propiedad y pretenden que no les piten penalty. Cuando el árbitro señala el punto de lanzamiento intentan nombrar otro árbitro para que haga la vista gorda. No es de extrañar viniendo de un partido político cuya secretaria de organización reconoce no tener quien sepa redactar leyes porque son ignorantes e incompetentes además de sectarios. Herederos del inicuo comunismo.

El propio Tribunal Constitucional se ha reunido de forma extraordinaria para dar el visto bueno a los nombramientos. Lacayos serviles de sus amos.

Tendrán su Nuremberg y su Spandau.

Batet lee los resultados de la votación

Gómez Reino reconoce que sus candidatos incumplirán la ley


 

 

martes, 5 de octubre de 2021

Igualdad quiere que las empresas persigan "miradas impúdicas" y "comentarios sobre la apariencia sexual"

La locura feminazi no tiene límite.

Cualquier parecido entre su realidad paralela y la Naturaleza es pura casualidad.

Como siempre crearán nuevos puestos de comisarias feminazis para alimentar estómagos agradecidos que vigilarán la aplicación del dogma feminazi, su difusión y la persecución del disidente/opositor.

Separar hombres y mujeres, recluir a los hombres en campos de concentración, eliminar a los hombres… feminazis, carne de psiquiátrico. Para estas oligofrénicas totalitarias es una cuestión vital.

Acabará publicado en el BOE como las demás leyes feminazis.

Las empresas no contratarán mujeres para evitarse problemas.

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Igualdad quiere que las empresas persigan "miradas impúdicas" y "comentarios sobre la apariencia sexual"

montero

La ministra Irene Montero, en un acto.EFE

ÁLVARO CARVAJAL

Madrid - Martes, 5 octubre 2021

El Ministerio de Irene Montero plantea un protocolo contra el acoso sexual en el trabajo que juzgue las denuncias en 30 días

El Ministerio de Igualdad ha impulsado un protocolo para combatir el acoso sexual en el trabajo en el que insta a las empresas a perseguir actitudes como "bromas y comentarios sobre la apariencia sexual", los contactos "indeseados" en redes sociales o las "miradas impúdicas".

Son algunas de las conductas, junto a otras más explícitas o intimidantes, que se pide sancionar en los planes internos de las empresas para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el entorno laboral. Y es que una de cada cinco mujeres que sufre acoso sexual en España asegura que fue en su lugar de trabajo.

El protocolo ha sido elaborado por el Instituto de las Mujeres, organismo adscrito al Ministerio que encabeza Irene Montero, y pretende servir de inspiración para las guías que adopten las empresas con más de 50 trabajadores.

El protocolo tipifica las actitudes que deben ser consideradas como acoso y articula todo un procedimiento integral de actuación para que la empresa detecte, investigue y sancione a los agresores.

LAS "CONDUCTAS" SANCIONABLES

Entre las "conductas verbales" sancionables están insinuaciones o proposiciones, "flirteos ofensivos", "comentarios insinuantes, indirectas o comentarios obscenos", llamadas o "contactos por redes sociales indeseados" y "bromas o comentarios sobre la apariencia sexual".

En las "conductas no verbales" está exhibir fotos sexualmente sugestivas o explícitas, las "miradas impúdicas" o los "gestos". También "mensajes" en el correo electrónico o en las redes sociales de "carácter ofensivo»" y con "claro contenido sexual".

Hay una tercera categoría de "comportamientos físicos" que tiene que ver con los contactos no consentidos, "abrazos o besos no deseados" o "acercamiento físico excesivo".

Cualquiera de esas conductas debería ser denunciada y, para ello, se propone un mecanismo confidencial, que no secreto, para activar una investigación interna en la empresa. Esa instrucción estaría en manos de un comité especializado, formado por miembros de la dirección y representantes de los trabajadores, que llamarían a los dos a prestar declaración y recogerían las pruebas o las versiones de los potenciales testigos.

EL PROTOCOLO A SEGUIR

El objetivo es determinar si hubo un acto de acoso y, si así fuere, imponer una sanción. Ésta podría acarrear, en función de la gravedad del episodio, "el traslado, desplazamiento, cambio de puesto, jornada o ubicación", la suspensión de empleo y sueldo, la limitación para ascender o, en caso grave, el despido disciplinario. Si es un acto leve y la víctima está de acuerdo, una posible salida puede ser que se emita una disculpa.

La investigación de la empresa es compatible con que cualquiera de las dos partes acuda a los tribunales. Bien sea porque el episodio de acoso sea constitutivo de un delito penal o bien porque alguno de los dos está en contra de la resolución adoptada por el comité de la empresa.

Uno de los aspectos más relevantes del protocolo es la exigencia de celeridad. Cualquier denuncia debe resolverse entre tres y cuatro semanas después de presentarse. De modo, que se corte el problema cuanto antes. De lo contrario, se cree que se desincentivan las denuncias y se provoca que, en casos graves, la mujer se vea forzada a dejar su empleo, la temida "doble victimización".

Como contexto, el 72% de las mujeres que han sufrido acoso en el trabajo admite no haber avisado a la empresa por miedo a represalias o el estigma social, según un estudio de CCOO patrocinado por Igualdad.

Las acciones más frecuentes fueron chistes sexistas (83,1%), "piropos y comentarios sexuales" (74,8%), "gestos o miradas insinuantes" (73,3%), "contacto físico" (67,0%) e invitaciones con un fin sexual (30,9%).

 

http://projusticia.es/bitacora/entradas/2021-10-05-igualdad-quiere-que-las-empresas-persigan-miradas-impudicas-y-comentarios-sobre-la-apariencia-sexual.html

 


 

sábado, 25 de septiembre de 2021

La Justicia condena al 'tribunal' de 'Sálvame' por el "juicio paralelo" a Antonio David Flores

 Calumniar no les ha salido gratis.

¡Qué cunda el ejemplo!


La Justicia condena al 'tribunal' de 'Sálvame' por el "juicio paralelo" a Antonio David Flores


 

La sentencia se adelantó al otoño y los hechos a los que se refiere fueron la vorágine primaveral y hasta veraniega en este país durante 2021: el fenómeno mediático, social y político generado tras la emisión de la docuserie de Mediaset Rocío, contar la verdad para seguir viva, de la que, también este otoño, se espera que llegue la secuela. Los dos primeros capítulos, emitidos la noche del domingo 21 de marzo, provocaron el fulminante despido del colaborador de Sálvame Antonio David Flores, ex marido de la hija de La más grande.

EL MUNDO ha tenido acceso a la sentencia completa del Juzgado de lo Social número 42 de Madrid que, con fecha 20 de septiembre, decreta que «el despido del trabajador es nulo por vulneración de su derecho fundamental al honor, condenando a la demandada [la productora La Fábrica de la Tele] al abono de los salarios dejados de percibir hasta la fecha en la que el contrato temporal hubiera finalizado -32.361 euros-. (...) así como a la indemnización adicional por los daños ocasionados con la vulneración de su derecho al honor en la cuantía de 50.000 euros».

Y por las más de 20 páginas de las que consta la sentencia van desfilando las distintas personas, figuras mediáticas y políticas de primer nivel que, en aquella época de paroxismo y desde distintos ángulos sociales se manifestaron sobre el asunto general, esto es, que Rocío Carrasco había decidido «romper un silencio de 20 años», explicar el porqué de éste, las razones de la «nula relación con sus hijos» y, sobre todo, narrar una vivencia de maltrato por parte de su ex marido que, hasta el momento, la Justicia no ha considerado procedente investigar.

Aparece Jorge Javier Vázquez pero mucho más Carlota Corredera, aparecen colaboradores de Sálvame como Alonso Caparrós, Kiko y Gema López, de la que la magistrada resalta que «le parece un riesgo señalar a Antonio David con la palabra maltratador porque no hay sentencia».

En la que hoy desgrana este periódico, dictada por la magistrada B.T.H., se menciona hasta el tuit que -en plena emisión de los dos primeros capítulos, entre el sorteo de 12.000 euros y Jorge Javier quitándose las gafas para ver bien la pantalla de su móvil- la ministra de Igualdad, Irene Montero, publicó en su red social: «El testimonio de Rocío Carrasco es el de una víctima de violencia de género». Y también el de Adriana Lastra, vicesecretaria general del PSOE: «Rocío Carrasco es una mujer valiente, una superviviente».

A la hora de dilucidar los términos del despido como colaborador de Sálvame de Antonio David Flores, la sentencia desgrana pormenorizadamente la emisión de este programa el día 22 de marzo de 2021, un día después de que se estrenara la docuserie, que alcanzó un 33.4% de audiencia. Dice la magistrada que «Sálvame comenzó aquel día de forma atípica, con el plató a oscuras y proyectándose en una gran pantalla frente a la que habían situado seis sillas (que eran ocupadas por la presentadora y los colaboradores), diversos fragmentos de la entrevista de Rocío Carrasco en el espacio Rocío, contar la verdad para seguir viva».

Antonio David había sido convocado a tal programa el viernes anterior, tenía un correo informándole de ello y su correspondiente billete de Ave Málaga-Madrid. Alrededor de las tres de la tarde de ese mismo día 22, tal y como narra la sentencia, recibe otro correo donde se le desconvoca «tras los últimos acontecimientos conocidos de Rocío Carrasco». Antes de las cuatro de la tarde recibe otro correo el representante de Antonio David, con una propuesta de acuerdo para extinguir la relación laboral. Y unos minutos después, a las cuatro en punto, Carlota Corredera sale al ruedo televisivo.

Aquella emisión de Sálvame obtuvo un 18,3% de cuota de audiencia, detalle que también se refiere en la sentencia, así como el «burofax con la carta de despido» que La Fábrica de la Tele remite a Antonio David el mismo día 22 a las 19.52 horas, enviado, según explica el propio colaborador, a la dirección de la tienda de su mujer, Olga Moreno, -reciente ganadora del concurso Supervivientes, emitido también en Mediaset- en Málaga y del que no tuvo conocimiento hasta el 9 de abril.

La juez afirma que ese envío coincide en el tiempo «con la finalización del programa en cuestión» y añade: «Lo relevante no es sólo que se comunicara su despido o se informara de él a la audiencia del programa en el que hasta ese momento prestaba servicios como colaborador, sino que fue a través de dicho programa como el actor -a la vez que todos los telespectadores- tuvo conocimiento de la extinción de su relación laboral y de los motivos de ésta, extremo que no carece de importancia».

Es en la página 14 de la sentencia donde la juez afea el modus operandi de La Fábrica de la Tele cuando afirma que «del mismo modo que se le había mandado un correo para desconvocarle podía habérsele remitido otro correo notificándole la extinción de la relación laboral (...) o haber mantenido con él una conversación telefónica previa a la emisión del programa».

«Se evidencia con ello una voluntad deliberadamente buscada de que el actor no conociera su despido hasta el momento de la emisión del programa, lo que permite corroborar la finalidad de la empleadora de sacar rédito empresarial a dicho despido, reservándose la exclusiva de tal información incluso respecto del propio afectado».

Para la juez, el programa en sí supone una «carta de despido», «sin amparo en la libertad de expresión». Y define así lo sucedido: «Una suerte de decisión adoptada por la empleadora que, al considerar ciertas las imputaciones que sobre él realiza doña Rocío Carrasco (...) se presenta como sujeto legitimado para impartir la justicia material que a su juicio fue indebidamente denegada a doña Rocío Carrasco en sede judicial, realizando consciente, deliberada y premeditadamente un juicio paralelo -público y ampliamente difundido- del actor» (léase Antonio David).

De los seis colaboradores -Alonso Caparrós, Belén Esteban, Gema López, Gustavo González, Marta López y Kiko Jiménez- que ese día asisten al despido en directo del ex marido de Rocío Carrasco, la sentencia afirma que aparecen «serios, graves, juiciosos (...) como si de un jurado popular se tratara. Y a continuación la presentadora, Carlota Corredera, a modo de veredicto, abre el programa» anunciando «el cese de la vinculación laboral de Antonio David Flores con este programa de televisión, así como con la productora La Fábrica de la Tele».

La magistrada B.T.H. recuerda en su sentencia que «tanto la escenografía como las expresiones y mensajes transmitidos y trasladados por la dirección (a través de su presentadora) a la audiencia del programa se dirigen a tildar al demandante de maltratador».

En la conductora Carlota Corredera es de hecho en quien incide la juez al afirmar que sus respuestas a lo largo de la emisión «evidencian la voluntad de la empleadora de utilizar el despido para realizar un juicio público paralelo sobre unos hechos que ya fueron objeto de una decisión judicial firme y, obviando estos extremos, castigar al actor en la forma que está a su alcance, que es transmitiendo a la audiencia que el demandante es un maltratador y que por ello se le ha expulsado del circuito televisivo sobre el que Mediaset tiene competencia».

Se analiza también una cuestión temporal, que el último contrato entre las partes data del 11 de diciembre de 2020, «momento en el que cabe presumir que la preparación de la grabación del espacio está muy avanzada», refiriéndose a la docuserie.

«La demandada debía conocer los episodios que Rocío Carrasco iba a exponer, y las imputaciones que respecto del actor iba a realizar, pese a lo cual prorroga su contrato hasta una fecha en la que ya se habrían emitido la totalidad de los capítulos (...) No es, desde luego, una especial sensibilidad y toma de conciencia respecto de la lacra social que constituye la violencia de género lo que motiva la actuación de la empresa pues de ser así hubiera bastado con no prorrogar el contrato laboral que le vinculaba con el demandante, habiendo cesado la relación laboral con él meses antes de la emisión del programa».

https://www.elmundo.es/papel/historias/2021/09/24/614cb445fc6c83e1558b458a.html

viernes, 12 de marzo de 2021

Hombre expoliado: desnudo e indefenso en los juzgados de "familia".

 

Hombre expoliado: desnudo e indefenso en los juzgados de "familia".

Los juzgados de "familia" son una trituradora de hombres, a los que se les expolia. Privándoles de sus hijos, patrimonio y confianza en la justicia.

Juzgados de "familia" de Madrid.

10 de marzo de 2021 

 


domingo, 21 de febrero de 2021

lunes, 8 de febrero de 2021

Sentencia por denuncia falsa de sargento de la Guardia Civil.

 Sentencia por denuncia falsa de sargento de la Guardia Civil.

Villatinaja. 5 febrero 2021 Breves puntualizaciones tras conocer por la prensa la sentencia. La sentencia es un cúmulo de falsedades. La prevaricación es palmaria. La guardia pretoriana. La dictadura comunista.



lunes, 18 de enero de 2021