Sábado. Como en otras ocasiones, paseábamos por la Puerta del Sol de Madrid. Algo común en quienes viven en Madrid.
Observamos un montaje distinto a los habituales en la Puerta del Sol y nos acercamos a curiosear ya que no eran los acostumbrados músicos, magos, etc.
El montaje resultó ser una protesta de la Asociación Velaluz, con su presidenta Gloria Vázquez al frente.
Tras comentar entre nosotros quienes eran y las mentiras en las que basan sus demandas, decidimos seguir nuestra marcha no sin antes sacarnos una foto de recuerdo.
Ellas nos reconocieron e intentaron impedir que tomásemos fotografías. Al no conseguirlo, trataron de arrebatarnos la cámara para lo que no dudaron en emplear la fuerza física y su mayor número.
Fátima Herránz empezó a gritar mi nombre en medio de la multitud, diciendo que estaba condenado tres veces por maltrato. Algo totalmente falso. Al mismo tiempo que gritaba, daba vueltas en círculo con los brazos levantados por encima de su cabeza. Su intención era evidente: indisponer al público presente en nuestra contra.
Al poco tiempo se presentó la policía municipal, seguramente llamada por ellas quienes siempre se hacen las víctimas pese a ser las victimarias. Al respecto conviene señalar que Gloria Vázquez ha sido condenada en repetidas ocasiones por lo que incluso se le ha retirado la custodia de sus hijos habidos en sus dos matrimonios. Los jueces gallegos la conocen bien.
Tras tomarnos filiación la policía y explicarles lo que había pasado, continuamos nuestro camino a nuestras respectivas casas.
En los días siguientes las feministas, a sabiendas de su falsedad, divulgaron por Facebook, Twitter y radio calumnias contra nosotros difundiendo incluso una nota de prensa. Calumnias tales como que les habíamos insultado, agredido y coaccionado por lo que se vieron obligadas a pedir protección a la policía. Incluso divulgaron que les habíamos robado el generador con el que se abastecían de electricidad.
En resumen, la habitual falsedad feminista de quienes viven del dinero ajeno, tanto de sus ex como del resto de los ciudadanos vía subvenciones. La mentira, el victimismo y la propagación de falsedades en “cursos”, radio, televisión, etc.
Intervienen Francisco Zugasti, Jesús García, Francisco
Carrazoni de la Asociación Projusticia, así como Doina Polonica de la Asociación
segundas esposas.
Ayer
estuvimos en el juicio de las feminazis de Femen.
Se
las juzgaba por boicotear una manifestación legal. Esto es, por conculcar un
derecho fundamental.
La
manifestación era para cambiar la legislación. Pocas cosas pueden ser más
democráticas que participar en la elaboración de leyes y hacerlo en una
manifestación pacífica autorizada por la autoridad competente.
Pretendían
ser las defensoras de los derechos humanos cuando habían vulnerado varios de
esos derechos a miles de personas.
En
el colmo del descaro intentaron hacerse pasar por víctimas cuando fueron las
agresoras.
Nada
nuevo en la forma de actuar y de vender su mercancía de esta gentuza.
Las activistas de Femen, tras su primer
juicio en España: “Es una persecución ideológica y política”
Las activistas de Femen, ante su primer
juicio. Vídeo: EFE | Fotos: JAVIER BARBANCHO
Entraron
y salieron igual. Convencidas de su versión, con sus coronas de flores en la
cabeza y con el mismo discurso: ” Sabemos cuál fue nuestra acción. Sabemos cuál
es nuestro movimiento, que habla de cambio desde el pacifismo. El recorrido a
nivel internacional así lo avala y por mucho que se empeñen en dar una imagen de
Femen que no es, el movimiento es pacífico y trata de hacer pensar a la gente.
Por eso este juicio es en gran medida ideológico y político. Una persecución que
no se lleva a cabo sólo con Femen sino contra otros grupos feministas”. Así se
pronunció Lara Alcázar, líder del movimiento, y corroboraron a su lado las otras
cuatro integrantes del grupo a la salida del juzgado nº 19 de Madrid, a donde
acudieron a declarar este martes como acusadas, en el primer juicio contra Femen
en España, que ha quedado visto para sentencia.
A
las cinco activistas se las juzga por irrumpir semidesnudas en una marcha
antiabortista el 17 de noviembre de 2013. La Fiscalía las acusa de los delitos
de desórdenes públicos y resistencia a la autoridad y solicita una pena de nueve
meses de prisión para cada una de ellas y una multa de 1.800 euros. Además,
durante la vista ha añadido un delito contra los derechos y deberes
fundamentales por el que pide una multa adicional de 10 meses con una cuota
diaria de seis euros.
Más
lejos va la Asociación Enraizados en Cristo y en la Sociedad, que ejerce
laacusación particular, que a lo anterior añade también el delito de
exhibicionismo y pide hasta 6,5 años de cárcel. Por su parte, la defensa
solicita la libre absolución de las acusadas.
“Venimos
al juicio con la cabeza muy alta, muy orgullosas de haber realizado esa acción
pacífica que se limitó a hacer uso de nuestro cuerpo en un espacio público”,
aseguró Alcázar a las puertas del juzgado. “Estamos tranquilas porque creemos en
lo que hicimos. Defendemos los derechos de las mujeres y la despenalización del
aborto. Lo volveríamos a hacer”, han comentado. Confían en salir absueltas y
destacaron, ante los carteles de ‘Stop Feminazis’ que dos miembros de Pro
Justicia colocaron tras ellas, que son “pacíficas” y defienden “la libertad de
expresión de todos”.
“Llegamos
y nos con la misma reivindicación: no se puede tolerar que se pidan años de
prisión para cinco activistas pacíficas y feministas que lo único que han hecho
es lanzar sus consignas en un espacio público”, concluyó Lara.
Por
su parte, José Castro Velarde, portavoz de Enraizados en Cristo y en la
Sociedad, que ejerce la acusación particular, declaró que “las acusadas actuaron
de forma violenta para impedir una manifestación de familias con niños. Se
dedican a boicotear actos de personas pacíficas, no a ayudar a ningún colectivo
desfavorecido”. Y añadió que los seis años y medio que piden “son justos porque
es un colectivo minoritario que ejerce la violencia e impide el derecho de otros
a la libre manifestación”.
Tres horas de versiones
Ambas
posturas son las que mantuvieron las partes dentro de la sala. Las acusadas sólo
respondieron a las preguntas de su letrado y no hicieron uso de su derecho a la
última palabra, salvo una de ellas para dejar claro que habían sido “pacíficas”.
“Fue una acción pacífica y no violenta en favor del aborto. Sólo queríamos
mostrar, en un momento de debate social, las dos caras sobre el tema. Pero se
abalanzaron hacia nosotras, nos zarandearon, nos rociaron con pintura roja. Fue
muy caótico”, dijeron ante la juez, con palabras similares Lara, Carlota,
Begoña, Carmen y Margarita, las cinco acusadas. “Nuestras acciones son breves,
simbólicas, pacíficas y para hacer el menor daño posible al entorno”,
insistieron.
Durante
las más de tres horas de sesión pasaron testigos que habían estado en la
manifestación y que declararon que la actitud de las miembros de Femen fue
“violenta”. Así lo consideró María Blanca, que acudió a la marcha con sus tres
hijos y declaró que “aparecieron unas señoritas de negro que se quedaron con los
pechos al aire y se pusieron a gritar. Hacían gestos muy violentos. Algunos
miembros de la manifestación intentaron taparlas para que los niños no las
vieran, pero los míos han quedado marcados y traumatizados por este hecho”.
Coincidieron con este discurso los otros testigos, que explicaron que las Femen
“embistieron la cabecera de la manifestación”, “profirieron insultos” -aunque no
han recordado qué dijeron más allá de un “joderos” y eslóganes como “nosotras
parimos, nosotras decidimos”- y que “había niños pequeños que se asustaron mucho
y empezaron a llorar”.
También
declararon tres de los policías que redujeron a las activistas. Estuvieron de
acuerdo en señalar que “las acusadas no colaboraron con las autoridades y
ejercieron una resistencia activa a ser desalojadas”.
En
sus conclusiones finales, la representante del ministerio Fiscal alegó que “es
obligatorio para todos someternos a las leyes. Estas señoras vulneraron el
derecho fundamental de reunión y manifestación y en la protesta política no todo
vale. Su actitud no puede considerarse pacífica y deben ser condenadas”
Polonia
Castellanos, abogada de la acusación, reiteró que “si queremos convivir en un
espacio de tolerancia y en un espacio democrático, es necesario que respetemos
los derechos de los demás. El respeto, la tolerancia, el no todo vale. Por eso
es necesario que este tipo de conductas sean sancionadas”.
Endika
Zulueta, abogado defensor, desestimó uno por uno, con argumentos jurídicos,
todos los delitos que imputan a sus clientes. Y fue especialmente duro con el de
exhibicionismo. “Considerar obsceno, en el siglo XXI, que una mujer tenga el
pecho al aire es inquisitorial. Podría ser reprobable en todo caso, pero no
punible. Si no, no se podría hacer top less en la playa”. Por eso, el letrado
confía en que la sentencia “sea absolutoria”, porque “Femen utiliza su cuerpo
como signo de reivindicación y esto tiene que ser admitido en un estado de
Derecho. El considerar que un hecho como éste es un delito de obscenidad nos
lleva a la Inquisición. Es vergonzoso y estoy convencido de que los tribunales
nos van a dar la razón, porque es lo único que se ajusta al derecho”, manifestó
tras la vista.
¿Qué ocurrió aquel día?
Los
hechos se remontan a noviembre de hace tres años, cuando las acusadas
irrumpieron con el pecho descubierto en una manifestación antiabortista,
organizada por el colectivo Derecho a Vivir, que recorría las calles del centro
de Madrid. Se pusieron delante de los manifestantes provida para exhibir y
gritar lemas como “Mis normas, mi cuerpo” o “Libertad para abortar”. Muchos de
los participantes en la marcha se enfrentaron a ellas, las rociaron con un
aerosol rojo y les gritaron “abortistas terroristas”. La policía las detuvo y el
juez las dejó en
libertad, pero les imputó delitos de desórdenes público, resistencia a la
autoridad y exhibicionismo.
La
manifestación y el acto de protesta por esa marcha tuvo lugar un mes antes de
que el Gobierno aprobara el anteproyecto de la ley del aborto propuesta
por Alberto Ruíz Gallardón, la más restrictiva de la democracia y que al final
no salió adelante.
Como en años anteriores y con motivo del Día internacional de los Derechos del Niño y dado que estos Derechos son vulnerados constantemente por la legislación y la práctica judicial actual, convocamos a afectados y simpatizantes a la manifestación anual.
Derogación de las leyes sexistas basadas en la ideología de género
Fiscalización del dinero público dedicado a políticas de ideología de género.
Custodia Compartida por defecto, sí.
Denuncias falsas, no.
Síndrome de Alienación Parental, no.
20 de noviembre de 2016.
Tribunal de Cuentas - Puerta del Sol
12 horas - Madrid
IGUALDAD ANTE LA LEY.
RECUPERACIÓN DEL DERECHO A LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.
CAMBIOS LEGISLATIVOS YA.
FISCALIZACIÓN DEL DINERO PÚBLICO EMPLEADO EN POLÍTICAS DE IDEOLOGÍA DE GÉNERO.
NO AL EXPOLIO DE LOS PADRES SEPARADOS.
POR EL DERECHO DE LOS HIJOS A CRECER CON AMBOS PADRES.
LA CUSTODIA COMPARTIDA ES UN DERECHO DE LOS NIÑOS.
Tras declarar nulo la Audiencia Provincial el primer juicio por no haber dejado defenderse al acusado, en el segundo juicio se repitió la indefensión a manos de la juez instructora, Carmen Gámiz Valencia, así como por la juez que celebró el juicio, Blanca Rodríguez Velasco, pues de nuevo se le inadmitieron al acusado la práctica totalidad de las pruebas que demostraban su inocencia.
En el primer juicio se le negó al acusado ejercer su derecho a la última palabra.
En el segundo juicio también se le restringió al acusado su derecho a la última palabra.
El acusado terminó por dejar a un lado los términos legales y remitirse al más elemental sentido común para demostrar la prevaricación de la juez de famillia, Mónica Guerrero Fraile.
Si mis hijos están continuamente enfermos, no se les compra siquiera las medicinas, no se les vacuna, llegan a perder un 30% de peso porque ni les dan de comer, si se les cambia constantemente de médico, si se les cambia varias veces de colegio, si el niño de siete años amenaza por escrito con suicidarse... a la juez le parecerá normal pero como padre yo me cago en su puta madre.
Denuncia falsa de maltrato de Irene Fernández-Largo López.
Al denunciado no se le deja entrar en el juicio porque lo ordena la denunciante.
Es mejor si no le importa a Usted, espere un momento mientras hablo con su mujer y entonces le llamo.
Primero entre su letrado y yo le tomo declaración a su mujer.
La esposa denuncia a su marido y a varios desconocidos por amenazas, insultos y agresión.
Es la enésima denuncia falsa que presenta contra su marido.
Solicita orden de alejamiento respecto a ella y los hijos comunes.
Pese a ser el acusado, el juez no le permite entrar en su propio juicio porque su esposa así lo quiere.
El juez cumple a rajatabla las órdenes de la mujer pese a ir en contra de lo estipulado por la ley.
El acusado sufre una total indefensión jurídica.
El acusado pide que conste su queja por tal atropello. La queja no aparece en el acta.
El acusado ha sido citado con un par de horas de antelación sin que en la citación se le informe en calidad de qué ha de acudir al juzgado ni si ha de llevar abogado, documentación o testigos.
Cinco minutos antes de empezar la vista el acusado conoce a quien será su abogado de oficio que no le hace pregunta alguna por los hechos objeto de la denuncia.
La abogada de la denunciante, Cristina de la Hoz Tornel, había sido abogada del denunciado.
La orden de alejamiento no fue acordada.
El juez decidió inhibirse al juzgado competente que tampoco la acordó.
Poco después tanto la abogada como la procuradora de la falsa denunciante renunciaron a su defensa.
Los hechos origen de la denuncia fueron que el padre fue a dar un beso a su hija a la puerta del colegio por ser su cumpleaños.
Feminazis en Facultad de Derecho
7 de marzo de 2016
Amenazas y coacciones a quien no comparte sus criterios.
El Foro universitario Francisco De Vitoria es la asociación de estudiantes decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Entre sus actividades está organizar charlas, debates y conferencias.
Dentro de un ciclo de conferencias más amplio, el pasado 7 de marzo intervenían tres ponentes contrarios al aborto por criterios científicos, éticos y jurídicos.
Siguiendo sus prácticas totalitarias, las feminazis enviaron a un grupo de jóvenes adoctrinados para boicotear las conferencias e intentar impedir su celebración, dado que no toleran ni disidentes ni opositores a sus dictados totalitarios. Como se aprecia en el siguiente mensaje, la asociación Contrapoder organizó el boicot. Esta asociación depende de la Universidad y ha sido uno de los cimientos del partido político Podemos.
Los dirigentes dieron muestra de su legendaria cobardía y no se presentaron siquiera, dejando que fuesen otros los que se expusiesen a sanciones administrativas o penales. Ya que la manifestación que realizaron no estaba autorizada y las amenazas y coacciones que profirieron están tipificadas en el Código Penal.
Las feminazis se concentraron primero en la puerta de la Facultad de Derecho con la evidente intención de espantar a los asistentes a las conferencias. Pese a la urgencia de su convocatoria había cámaras y micrófonos de prensa que evidentemente habían sido avisados por las feminazis dirigentes. Las feminazis presentes no tienen capacidad de convocar a la prensa pues eran jóvenes estudiantes que no habían cumplido la veintena y no los conoce nadie salvo sus padres a la hora de comer.
Conscientes de su impunidad entraron en el vestíbulo de la Facultad. Nadie se lo impidió ni les desalojó ni llamaron a la policía pese a los flagrantes delitos. La vicedecana de la Facultad estaba presente y no se atrevió a tomar medida alguna. Resulta obvio decir que la vicedecana sabe de leyes pero el temor a represalias es muy grande.
Una vez dentro se sentaron en círculo, mostrando unas pancartas con las consabidas consignas feminazis basadas en falsedades. Por ejemplo, el de mujeres muertas en abortos clandestinos.
Seguidamente leyeron un comunicado. Daba vergüenza ajena por lo disparatado de su contenido, su deficiente formación académica y la ignorancia supina sobre el tema que acreditaban sus autores.
Finalmente corearon las habituales consignas feminazis. De nuevo confirmando su ignorancia, su adoctrinamiento y su sectarismo. Hay que reseñar el odio e intolerancia que mostraban quienes no habían cumplido la veintena y se han criado en años de bonanza económica y social.
Este odio e intolerancia se mostraron con mayor intensidad cuando un grupo de mujeres se introdujeron en el círculo para mostrar su oposición a la coacción y amenazas que estaban sufriendo.
Las feminazis estaban convencidas de tener razón, de estar en su derecho en coaccionar y amenazar además de conceptuarse como víctimas en vez de victimarias.
Tras la conferencia pudimos hablar con un par de feminazis. Lejos del grupo mafioso no se mostraban tan arrogantes. Su ignorancia era insultante. Muestra evidente de una educación cuyo nivel académico está por los suelos tras años de leyes del PSOE. Un ejemplo claro de víctimas de la LOGSE. Daba miedo pensar que personas tan ignorantes pudieran algún día estar al cargo de puestos de responsabilidad y tomando decisiones. Pese a presentarse como alumnos de Derecho desconocían tanto que la universidad la había creado un cardenal de la Iglesia católica como que la legislación actual y su aberrante “discriminación positiva” conculca derechos y principios jurídicos básicos como la igualdad ante la ley o la presunción de inocencia. No resultó extraño comprobar sus criterios stalinistas por los cuales consideran justificado acabar con quien piensa diferente y su peculiar concepción de la democracia.
Adoctrinados desde la escuela primaria. Incapaces de tener criterio propio.
Burros con orejeras.
Lacayos manejados por sus dirigentes.
Intervienen:
Carmen Roney (ADAMUVIC)
Rodrigo Gavilán (Confederación Española de Policía)
Covadonga Naredo (Mujeres progresistas)
Francisco Zugasti (Projusticia).
El próximo
Día del padre, sábado 19 de marzo, nos manifestaremos como en años anteriores
ante la sede del partido en el Gobierno para exigirles la derogación de las
leyes sexistas basadas en la ideología de género.
Leyes e
ideología encaminadas a destruir la familia y facilitar el control del Estado
totalitario sobre los ciudadanos a los que se les priva de derechos y libertades
aislándoles de su entorno familiar.
En el Día del
padre hacemos hincapié en la Ley de violencia de género y la Ley del divorcio.
Leyes que provocan la orfandad artificial de miles de niños cada año así como el
procesamiento y encarcelamiento de miles de inocentes a los que se les niegan
los derechos fundamentales como el de presunción de
inocencia.
Por ello te
pedimos tu asistencia a la concentración y que te sumes a la lucha contra la
ideología de género.
La
reforma del Código Penal de 1995 (Belloch) eliminó la dispensa que tenían los
padres para cotillear y vigilar a sus hijos. Teléfono, correo postal, etc.
El
artículo 197 castiga a los padres que vigilan a sus hijos para evitar males
mayores. Una de tantas aberraciones “progresistas” destinadas a eliminar la
autoridad de los padres.
Los
jueces del Tribunal Supremo “han interpretado” la ley para evitar que un
delincuente se escape por la gatera. Y de paso han devuelto la lógica a lo que
fue un cambio ilógico.
En
cualquier caso, el artículo sigue en vigor y cualquier juez puede aplicarlo en
su sentido literal sin “interpretaciones”.
El
Tribunal Supremo avala el acceso de los padres a las cuentas de Facebook de sus
hijos para evitar el ciberacoso
El
alto tribunal confirma la validez de los datos obtenidos por esta vía por una
madre como prueba de un delito de abuso sexual
Autor
Comunicación
Poder Judicial
La
Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la validez como prueba de un
delito de abuso sexual los datos obtenidos por una madre de la cuenta abierta
por su hija menor de edad en Facebook, a la que accedió sin que conste su
permiso ante la sospecha de que la niña pudiera estar siendo víctima de
ciberacoso.
En
su recurso, el condenado solicitó que se anularan como prueba los citados
mensajes, alegando que se había accedido a los mismos sin autorización de la
menor y que, por tanto, se había vulnerado el derecho a la intimidad de los
comunicantes.
Sin
embargo, la sentencia establece que no puede considerarse ilícita una prueba
cuando la afectación a la intimidad proviene de un particular que está
autorizado para acceder a ese ámbito de privacidad que desvela, aunque abuse de
la confianza concedida. Del mismo modo, considera que estamos ante espacios de
privacidad e intimidad, pero que esos derechos, como cualquier otro, pueden
verse sometidos a restricciones en aquellos casos en los que se constata la
existencia de un interés constitucionalmente prevalente al interés de la persona
en mantener la privacidad de determinada información.
En
este sentido, indica que la madre accedió a esa cuenta ante los signos claros de
que se estaba desarrollando una actividad presuntamente criminal en la que no
cabía excluir la victimización de su hija. Por todo ello, afirma que no puede el
ordenamiento hacer descansar en los padres unas obligaciones de velar por sus
hijos menores y al mismo tiempo desposeerles de toda capacidad de control en
casos como el presente en que las evidencias apuntaban inequívocamente en esa
dirección.
La
sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio del Moral, afirma que
la menor titular de la cuenta no protestó por esa intromisión en su intimidad,
sino que además ha refrendado con sus declaraciones el contenido de esas
comunicaciones ya producidas en lo que constituiría una prueba independiente de
la cuestionada -los mensajes a través de Facebook.
Asimismo,
asegura que no se ha determinado cómo llegó a conocimiento de la madre la clave
de su hija, aunque considera fundado que ésta o una hermana se la comunicaron de
forma voluntaria, descartando que la conociera a través de artilugios o métodos
de indagación informática al margen de la voluntad de la titular de la
cuenta.
La
Sala de lo Penal desestima el recurso presentado por un hombre condenado por la
Audiencia Provincial de Tarragona a tres años de prisión y al pago de una multa
de 1545 euros por un delito de abusos sexuales a menor de trece años y cinco
delitos continuados de exhibicionismo. Según los hechos probados, el hombre
contactó en Facebook con la menor, que entonces tenía 15 años, ante la que se
desnudó y masturbó, utilizando para ello la webcam de su ordenador.
Posteriormente,
quedó con la niña, que entonces tenía 15 años, y con una amiga, de 17 años, para
mantener relaciones sexuales con ambas en los alrededores de un parking de Valls
(Tarragona). En distintas fechas, mantuvo conversaciones a través de la misma
red social con otras cuatro menores ante las que también apareció
desnudo.