Libertad digital
5-VIII-2010
El fracaso del feminismo socialista
EDITORIAL
Las organizaciones feministas radicales podrán buscar las excusas que quieran, pero la realidad ha desmentido sus presupuestos ideológicos. El socialismo no sólo fracasa en la economía; legislar olvidando al individuo siempre será un error.
La ley integral contra la violencia de género fue aprobada merced a un gran consenso político y judicial. Ahora que tanto se critica al Tribunal Constitucional por su infame sentencia sobre el Estatuto, no está de más recordar que ese mismo órgano dictaminó que considerar los mismos hechos como delito o falta dependiendo del sexo del culpable no chocaba con el artículo 14 de nuestra carta magna, ese que dice que todos somos iguales y no podemos ser discriminados por razón, entre otras cosas, de sexo. Aquel consenso iba a traernos la desaparición o, al menos, una gran reducción de la violencia doméstica. Sin embargo, las cifras de asesinatos no muestran ninguna tendencia a reducirse.
Aquella ley violaba obscenamente un principio sagrado que observa todo Estado de Derecho que merezca tal nombre: la igualdad ante la ley. Cabía esperar que, al menos, fuera efectiva en su propósito. Pero no. Sin embargo, no existe arrepentimiento ni mucho menos propósito de enmienda, porque quienes promulgaron la ley están seguros de tener razón al margen de lo que nos digan los hechos: están blindados ante la realidad por una ideología, en concreto la de genéro: el feminismo socialista.
El feminismo nació como un movimiento liberal, que buscaba equiparar a las mujeres en derechos y libertades; es decir, buscaba la igualdad ante la ley, acabar con la discriminación por razón de sexo. Pero una vez desapareció en los países occidentales esa desigualdad legal, el feminismo mutó y se convirtió en una más de las múltiples ideologías socialistas, que no buscan la defensa de los derechos de las mujeres como individuos, sino como colectivo. Así, el feminismo pasó de defender la igualdad ante la ley a patrocinar la igualdad mediante la ley: es decir, pretender que las mujeres en conjunto tengan unos resultados idénticos al de los hombres en conjunto, aunque eso suponga cometer numerosas injusticias con hombres y mujeres reales, de carne y hueso.
En las cloacas más radicales de este nuevo feminismo antiliberal, al no alcanzarse esa igualdad de resultados, derivó en la denigración del hombre y la exaltación de la mujer: la culpa de que no funcionaran sus recetas era el machismo, la agresividad y demás taras del hombre, que impedían que la mujer, netamente superior, alcanzara su sitio en la sociedad. Herencia de esta basura ideológica, que culpa al hombre no por sus propios actos, sino por ser hombre, es la ley de violencia de género. En ella se creó una jurisdicción especial, se consiguió que un hecho fuera considerado delito por el hecho de que lo cometiera el hombre y se aprobó que se pudieran aplicar todo tipo de medidas cautelares contra un hombre con sólo la palabra de la mujer, lo que ha llevado a muchas de ellas –no precisamente las destinatarias de la ley– a abusar de este prerrogativa denunciando falsamente a su pareja.
No cabe duda de que para muchos esas injusticias merecerían la pena si se lograra reducir esa lacra que es la violencia de género. Pero el caso es que no se ha conseguido, de modo que estamos globalmente peor que antes de la aprobación de la ley. La solución del feminismo radical, como siempre sucede con el socialismo al verse el fracaso de sus recetas, es la huida hacia delante. La última del ministerio de Aído ha sido culpar a los jueces por no activar suficientes pulseras para controlar a los maltratadores, lo que ha provocado la lógica respuesta de los magistrado, algo cansados ante tanta demagogia.
El Ministerio de Igualdad y las organizaciones feministas radicales podrán buscar las excusas que quieran, pero lo cierto es que la realidad ha desmentido sus presupuestos ideológicos. El socialismo no sólo fracasa en la economía; legislar olvidando al individuo siempre será un error. Ha llegado el momento de reformar o derogar la ley contra la violencia de género. Cada minuto que pase sólo supondrá la perpetuación de la injusticia y la desigualdad ante la ley.
domingo, 8 de agosto de 2010
sábado, 24 de julio de 2010
Moción del PP en el Senado instando la Custodia Compartida
El Senado insta a modificar la ley para que la custodia compartida sea preferente
Por Agencia EFE – hace 18 horas
Madrid, 21 jul (EFE).- El Pleno del Senado ha aprobado hoy una moción del PP por la que se insta al Gobierno a que realice las modificaciones legales necesarias para que la custodia compartida de los hijos sea considerada como "modelo preferente" en los procesos de separación o divorcio.
La iniciativa ha contado con el apoyo de la mayoría de los grupos parlamentarios del Senado, salvo CiU y PSOE, y ha sido aprobada por 132 votos a favor, 122, en contra y 2 abstenciones.
El senador del PP Manuel Altava ha defendido la moción porque, en su opinión, con la custodia compartida se conjugan dos derechos básicos: el que tienen los hijos para mantener una relación con sus padres y del de éstos para educar y criar a los niños.
Altava ha rechazado la enmienda de CiU, que pedía que se estudiara incorporar la custodia alterna como una de las opciones, y la del PSOE, que proponía la creación de una ponencia de estudio para que se analizara el establecimiento de la custodia compartida "con rigor y no con frivolidad".
El senador 'popular' ha asegurado que este tipo de custodia es beneficiosa para los intereses del hijo, porque éste verá cómo su padre se sigue preocupando por él y, de esta manera, "no pasará a ser un señor que ve cada quince días un fin de semana y con suerte algún día entre semana".
El PSOE, a través el senador socialista Arcadio Díaz Tejera, ha subrayado que "lo más razonable" para abordar la custodia compartida "con seriedad" es crear una ponencia de estudio, como ha propuesto su grupo en la enmienda, de forma que "se escuche a todo el mundo".
"El interés supremo es el de los menores, ningún modelo impuesto es bueno", ha recalcado Díaz Tejera.
Por su parte, la senadora de CiU Montserrat Candini ha lamentado que el tema se trate de forma "rápida" y que haya faltado diálogo y reflexión en un asunto "tan complejo" como el de la custodia compartida.
El resto de grupos se han manifestado en favor de la moción del PP.
Así, el senador del Partido Aragonés José María Mur ha recordado que las Cortes de Aragón establecieron el pasado mes de mayo, "en una buena ley", la custodia compartida como norma general en el caso de ruptura de la convivencia de los padres.
"El menor tiene derecho a estar con su padre y con su madre", ha dicho Mur, quien ha añadido que las madres tienen el derecho también a que se compartan las responsabilidades familiares.
El senador del PNV Joseba Zubia "ha visto con buenos ojos" la moción, si bien ha señalado que urge desarrollar fórmulas de custodia compartida y ha añadido que éste es un terreno "en el que queda mucho por avanzar".
La Entesa también ha apoyado la moción aunque se ha mostrado a favor de la propuesta del PSOE de crear una ponencia de estudio sobre la custodia compartida.
Asimismo ha hecho mención a la iniciativa del Parlament de Cataluña que establece que en los casos en los que no haya acuerdo, los jueces atribuirán de forma preferente la responsabilidad parental con carácter compartida.
http://projusticia.es/noticias/documentos/el-Senado-insta-a-modificar-la-ley-para-que-la-custodia-compartida-sea-preferente.htm
Por Agencia EFE – hace 18 horas
Madrid, 21 jul (EFE).- El Pleno del Senado ha aprobado hoy una moción del PP por la que se insta al Gobierno a que realice las modificaciones legales necesarias para que la custodia compartida de los hijos sea considerada como "modelo preferente" en los procesos de separación o divorcio.
La iniciativa ha contado con el apoyo de la mayoría de los grupos parlamentarios del Senado, salvo CiU y PSOE, y ha sido aprobada por 132 votos a favor, 122, en contra y 2 abstenciones.
El senador del PP Manuel Altava ha defendido la moción porque, en su opinión, con la custodia compartida se conjugan dos derechos básicos: el que tienen los hijos para mantener una relación con sus padres y del de éstos para educar y criar a los niños.
Altava ha rechazado la enmienda de CiU, que pedía que se estudiara incorporar la custodia alterna como una de las opciones, y la del PSOE, que proponía la creación de una ponencia de estudio para que se analizara el establecimiento de la custodia compartida "con rigor y no con frivolidad".
El senador 'popular' ha asegurado que este tipo de custodia es beneficiosa para los intereses del hijo, porque éste verá cómo su padre se sigue preocupando por él y, de esta manera, "no pasará a ser un señor que ve cada quince días un fin de semana y con suerte algún día entre semana".
El PSOE, a través el senador socialista Arcadio Díaz Tejera, ha subrayado que "lo más razonable" para abordar la custodia compartida "con seriedad" es crear una ponencia de estudio, como ha propuesto su grupo en la enmienda, de forma que "se escuche a todo el mundo".
"El interés supremo es el de los menores, ningún modelo impuesto es bueno", ha recalcado Díaz Tejera.
Por su parte, la senadora de CiU Montserrat Candini ha lamentado que el tema se trate de forma "rápida" y que haya faltado diálogo y reflexión en un asunto "tan complejo" como el de la custodia compartida.
El resto de grupos se han manifestado en favor de la moción del PP.
Así, el senador del Partido Aragonés José María Mur ha recordado que las Cortes de Aragón establecieron el pasado mes de mayo, "en una buena ley", la custodia compartida como norma general en el caso de ruptura de la convivencia de los padres.
"El menor tiene derecho a estar con su padre y con su madre", ha dicho Mur, quien ha añadido que las madres tienen el derecho también a que se compartan las responsabilidades familiares.
El senador del PNV Joseba Zubia "ha visto con buenos ojos" la moción, si bien ha señalado que urge desarrollar fórmulas de custodia compartida y ha añadido que éste es un terreno "en el que queda mucho por avanzar".
La Entesa también ha apoyado la moción aunque se ha mostrado a favor de la propuesta del PSOE de crear una ponencia de estudio sobre la custodia compartida.
Asimismo ha hecho mención a la iniciativa del Parlament de Cataluña que establece que en los casos en los que no haya acuerdo, los jueces atribuirán de forma preferente la responsabilidad parental con carácter compartida.
http://projusticia.es/noticias/documentos/el-Senado-insta-a-modificar-la-ley-para-que-la-custodia-compartida-sea-preferente.htm
sábado, 17 de julio de 2010
El Dr. Gaona entrevista a Jayne Major y Michael Bone
Interesante entrevista realizada por el Dr. José Miguel Gaona a dos personalidades mundiales involucradas en la investigación del Síndrome de Alienación Parental (SAP). En USA presentan una larga carrera estudiando esta perversión de las relaciones familiares que, en países donde no hay distinción de sexo a la hora de conceder custodias se produce por igual proporción por parte de madres y/o padres. La vida de miles de niños ha sido destrozada por esta brutal manipulación de los afectos.
Mayo, 2010 (Entrevista auspiciada por SOSpapa tras el II Congreso internacional sobre Síndrome de Alienación Parental y Custodia Compartida)
www.sospapa.es
www.congresointernacionalsap.org
www.neurosalus.com
www.breakthroughparentingservices.org
www.jmichaelbone.com
http://www.projusticia.es/
Mayo, 2010 (Entrevista auspiciada por SOSpapa tras el II Congreso internacional sobre Síndrome de Alienación Parental y Custodia Compartida)
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www.breakthroughparentingservices.org
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sábado, 19 de junio de 2010
Acto de adhesión a la moción del Ayuntamiento de Medina del Campo a favor de la Custodia Compartida
19 de junio de 2010
Hoy hemos estado en Medina del Campo en un acto de adhesión a la moción a favor de la Custodia Compartida del Ayuntamiento.
http://www.nortecastilla.es/v/20100602/valladolid/medina-promovera-custodia-compartida-20100602.html
Hemos firmado una declaración conjunta y nos hemos hecho unas fotos.
Adjunto una de ellas en la que se nos ve rodeando a los concejales Dª. Inmaculada Toledano y D David Blanco.
jueves, 17 de junio de 2010
Manifestación Madridnoviembre2010
Como en años anteriores y con motivo del Día internacional de los derechos del Niño, tendrá lugar la manifestación Madridnoviembre2010.
Madrid.
Puerta del Sol - Plaza de Colón
20 de noviembre de 2010
12 horas
Más información en:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2010.html
Madrid.
Puerta del Sol - Plaza de Colón
20 de noviembre de 2010
12 horas
Más información en:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2010.html
viernes, 11 de junio de 2010
La jueza María Dolores Planes Moreno y la prevaricación
La jueza de familia, María Dolores Planes Moreno dice una cosa en sus intervenciones públicas y hace otra en sus sentencias.
¿Prevaricación?
www.projusticia.es
www.juecesajuicio.com
¿Prevaricación?
www.projusticia.es
www.juecesajuicio.com
martes, 27 de abril de 2010
Presentación encuesta sobre Custodia Compartida y denuncias falsas
Encuesta sobre Custodia Compartida.
El 70% de la población cree que hay falsas denuncias de maltrato.
Dos de cada tres mujeres expresan esta misma opinión.
Un informe realizado por el Instituto DYM a instancia de la “Asociación de Abuelos separados de sus nietos” concluye que el 70% de los españoles opina que existen falsas denuncias de maltrato. El estudio aborda distintas cuestiones de la situación actual del divorcio y las relaciones familiares en España y ha sido elaborado a partir de 2000 encuestas, entre hombres y mujeres de entre 16 a 75 años, de todas las Comunidades autónomas. La amplitud de la muestra, comparable a los barómetros mensuales del C.I.S., le confiere un nivel de confianza del 95.5% y un margen de error inferior al 2,2 %.
Revela el estudio que el 80% de l población es partidario de la Custodia Compartida entre el padre y la madre en los casos de divorcio con hijos menores, porcentajes que se elevan al 86% en el área metropolitana de Madrid y al 89% en Vascongadas. Entre hombres y mujeres la Custodia Compartida es preferida en todo caso como primera opción, con pequeñas diferencias de unos cuatro puntos, ligeramente superiores en los entrevistados varones.
Esta situación contrasta con la realidad actual de la legislación vigente. Tras la ley de “divorcio-express” de 2005, las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial revelan que la custodia de los hijos es atribuida por los tribunales a la madre en exclusiva en torno al 90% de los casos, al padre entre el 2 y el 3%, y que sólo en caso de acuerdo entre los dos progenitores se otorga con carácter compartido o alterno entre ellos, en menos del 7% de los divorcios.
Respecto a la vivienda de la pareja divorciada, un 40% es partidario de la venta inmediata y reparto del precio entre los dos, mientras que el 56% considera que, habiendo hijos, debe conservarse mientras éstos no sean independientes. La crisis del mercado inmobiliario y las dificultades para vender la vivienda sin pérdidas parecen pesar sobre tal división de opiniones: en la zona metropolitana de Madrid los partidarios de que no se venda la casa pese al divorcio ascienden hasta el 71.2%,
Sobre la valoración de la legislación vigente desde el punto de vista del principio de igualdad, el estudio concluye que la opinión de la sociedad es mayoritariamente negativa. Un 63% cree conveniente la reforma de la legislación de divorcio, y casi idéntico porcentaje opina que el hombre está discriminado respecto a la mujer por la legislación de familia promulgada por los últimos gobiernos socialistas. Sólo el 10% es partidario de que la ley siga como está. En este tema hay diferencias por razón de sexo y de Comunidad autónoma de residencia. Hay veintiún puntos de diferencia entre los hombres que se sienten discriminados (73,5%), respecto las mujeres que admiten que existe dicha desigualdad (51,9%), y el sesgo se acentúa en los tramos de edad con mayor incidencia de divorcios (35-55 años).
En la mayoría de las Comunidades autónomas el porcentaje de los que consideran que la vigente ley es discriminatoria contra el hombre se encuentra en torno al 66% de media, mientras en Cataluña baja al 52%. El dato sorprende, pues aunque Cataluña tiene promulgado su propio Código de Familia con variantes respecto de la legislación nacional, las estadísticas de los tribunales catalanes arrojan datos no muy distintos a los del resto de España en cuanto a atribuciones de custodias de hijos a mujeres y obligaciones de pago de pensiones a hombres.
El resultado más llamativo es el relativo a la aplicación de la polémica legislación de violencia de género. Es casi siete puntos superior el porcentaje que cree que “algunas mujeres ponen falsas denuncias de violencia de género para obtener ventajas en sus procesos de divorcio” (70%), que los que piensan que hay que reformar la actual legislación de divorcio (63%). En Andalucía la proporción de quienes desconfían de la legitimidad de algunas denuncias llega al 80%. La diferencia de resultados entre hombres y mujeres es claramente inferior en este punto a la que existe en cuanto a la sensación de discriminación legal: un 75,6% de hombres frente a un 64,4% de mujeres creen que existen falsas denuncias. El porcentaje de suspicaces aumenta en proporción inversa al nivel socio-económico de los encuestados: del 64% de los que se declaran de renta “media-alta”, al 73,1% de los que se consideran de renta “baja”.
Los datos anteriores contrastan con los oficiales facilitados por el Observatorio Estatal sobre Violencia de Género: el informe elaborado en Octubre de 2009 por el “Grupo de expertos y expertas del Consejo del Poder Judicial” para dicho órgano, reiteradamente invocado con posterioridad, sobre el análisis de las sentencias de todas las audiencias provinciales durante 15 meses, la proporción hallada de falsas denuncias fue sólo del 0,19%. Hay que recordar que dicho informe se realizó sobre una muestra ínfima y con sentencias tomadas de forma interesada y no aleatoria. Esto es, un informe carente de rigor y fiabilidad por lo manipulado del mismo.
LA ENCUESTA ES DE ALTÍSIMA CALIDAD Y NIVEL DE FIABILIDAD.
La entidad encuestadora, DYM, es una de las primeras firmas a nivel nacional en el sector de la demoscopia. Está homologada internacionalmente y pertenece a la red WIN de empresas independientes de estudios de opinión con presencia en 23 países.
El grupo Vocento (diario ABC) le suele encargar sus encuestas y prospecciones de voto para las elecciones nacionales, autonómicas y europeas. La Generalidad de Cataluña le ha encargado una macroencuesta sobre violencia de género que saldrá en los próximos meses.
El estudio se ha hecho sobre 2000 encuestas. Las oleadas del C.I.S, se realizan sobre 2500. Las ultimas encuestas sobre sentido de voto publicadas por los medios españoles suelen tener un espectro de análisis muy inferior (ejemplos: sondeo electoral de El País del domingo 7 de febrero de 2010: 500 encuestas; sondeo de opinión politica de El Mundo del lunes 8 de febrero de 2010: 700 encuestas; sondeo electoral de La Razón del primer fin de semana de febrero y el de 5 de abril de este año: 1.000 encuestas; sondeo electoral de ABC del 7 de febrero, 800 encuestas; el de 5 de abril, 2000 encuestas.
EL SISTEMA ESTIMULA LAS DENUNCIAS FALSAS PORQUE MUCHAS AYUDAS SE CONCEDEN POR EL HECHO DE DENUNCIAR, NO DE QUE SE CONDENE AL MATRATADOR.
La legislación vigente estimula la presentación de denuncias, pues gran parte de las ayudas económicas se conceden en función del NÚMERO de las denuncias, no de que se demuestre que sean ciertas, ni de las protecciones efectivamente otorgadas y menos aún de que las denuncias terminen en condena al agresor en sentencia firme.
Por eso las falsas denuncias están estimuladas a nivel institucional y a nivel particular o individual de la mujer que denuncia en falso.
NIVEL INSTITUCIONAL: El acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de Julio de 2005, estableció como criterios para la concesión de subvenciones para la instalación y funcionamiento de los servicios de ayudas a las víctimas de violencia de género literalmente “el número de denuncias interpuestas por mujeres contra sus parejas” y el “número de mujeres que se declara maltratadas”.
La perversión de este sistema de ayudas provoca metástasis en todos los niveles de la administración: estatal, autonómico, local, asociativo e institucional. Dos ejemplos:
-El Ministerio de Igualdad firma anualmente convenios de colaboración con las Comunidades autónomas para la financiacion de programas de ayudas a la mujer maltratada. La mayor parte de los fondos provienen del Estado, pero se conceden en función de las estadísticas de denuncias formuladas.
- Las subvenciones concedidas por el Ministerio de Igualdad van a parar en gran parte a asociaciones de defensa de la mujer maltratada, que tienen que justificar en sus memorias las estadísticas de casos atendidos para poder recibir las ayudas.
NIVEL INDIVIDUAL:
PRIVILEGIOS SOCIALES A FAVOR DE LAS MUJERES QUE DENUNCIAN SER MALTRATADAS:
La simple presentación de la denuncia determina beneficios inmediatos para la mujer denunciante: posibilidad de alojamiento en casas de acogida, salario mínimo de integración, preferencia en acceso a viviendas de protección oficial, preferencia en matriculación de hijos en colegios, preferencia en la contratación en bolsas de trabajo específicas con subvenciones y desgravaciones para la empresa; cursos de formación laboral específicos; privilegios en flexibilidad de horarios laborales; asistencia jurídica gratuita; asistencia psicológica gratuita; posibilidad de pensiones de viudedad vitalicias, etc.
PRIVILEGIOS LEGALES EN LOS DIVORCIOS DE LAS MUJERES QUE DENUNCIAS SER MALTRADAS:
La simple denuncia determina la detención automática del hombre, supuesto maltratador, por la Policía. Las denuncias “asesoradas” suelen ponerse el viernes por la tarde, con lo que el supuesto maltratador no es llevado a presencia del juez hasta el lunes, como pronto, y pasa de una a tres noches en el calabozo: le quitan el cinturón, los cordones de los zapatos, el dinero, llaves y objetos personales y a veces las gafas. No se le suele proporciona medicación, aunque la necesite; escasísima comida y suele estar en una celda común con toda clase de delincuentes habituales y en pésimas condiciones higiénicas. No suele dormir, ni puede asearse ni afeitarse y llega abatido delante del Juez. Generalmente no tendrá un abogado de confianza y tendrá que fiarse del de oficio que le asignen, que no conoce hasta ese momento. En el juicio rápido aceptará generalmente los hechos por los que ha sido falsamente denunciado porque la conformidad con la petición del fiscal puede representar un reducción del un tercio de la condena, y porque en todo caso le permitirá salir desde el juzgado a la calle, sin ingresar en prisión. Si no acepta la condena, le aplicarán las medidas complementarias, como la orden de alejamiento de la mujer y la salida su domicilio.
Aunque no acepte la condena por la denuncia de violencia, su divorcio no se tramitará ante un Juzgado de familia o uno ordinario de primera instancia (donde no los hay de familia), sino que pasará a un Juzgado de violencia contra la mujer. Aunque sea absuelto de la denuncia de maltrato, durante toda la tramitación del divorcio quedará expulsado de su casa y privado de la relación con sus hijos. Cuando con ocasión del divorcio pida la custodia de sus hijos, aunque sea compartida y se la haya absuelto del supuesto maltrato, el Juez siempre considerará que es “desestabilizador” alterar la custodia exclusiva que hasta ese momento ha ejercido la madre. Aunque recurra a la audiencia o pasado algun tiempo pretenda modificar esa medida, los jueces resolverán siempre igual: es “pertubador” para los niños modificar la situación consolidada de convivencia de los niños con la madre, aunque tuviera su origen en una denuncia posteriormente declarada infundada.
Resultado: la mujer que denuncia en falso habrá asegurado quedarse con los niños y consiguientemente, con el derecho a usar la casa y a cobrar la pensión alimenticia, y muchas veces, compensatoria y todo por un procedimiento mucho más rápido que en un Juzgado de familia y con casi un 100% de posibilidades de éxito sin que le suponga perjuicio alguno al no abrirse causa por denuncia falsa a pesar de estipularlo el art. 456 del Código Penal.
LAS DENUNCIAS FALSAS ESTÁN ESTIMULADAS POR LA PROPAGANDA OFICIAL Y POR LA COMPLICIDAD CON ELLAS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN:
Hay que recordar las campañas que incitan a la delación y a la denuncia (“TARJETA ROJA AL MALTRATADOR” “SI LA MALTRATAS NO ERES UN HOMBRE”, “MAMÁ, NO LO HAGAS POR NOSOTROS, HAZLO POR TI”; “DE TODAS LAS MUJERES QUE HAYA EN MI VIDA NINGUNA SERA MENOS QUE YO”), en prensa, radio, televisión, en paneles en carreteras y vías públicas, metro, autobuses, etc. Campañas institucionales en colegios, centro de trabajo, ayuntamientos, sindicatos, etc. Obligación a los medios de anunciar el teléfono 016 en la presentación de las noticias sobre supuestas violencias de género.
LA PROPAGANDA QUE ESTIMULA LAS FALSAS DENUNCIAS SE APOYA EN VERDADES “OFICIALES”, QUE SE PRETENDER IMPONER SOCIALMENTE, REPRIMIENDO EL DABATE PÚBLICO Y DESCALIFICANDO PERSONALMENTE AL DISIDENTE:
Tres ejemplos:
- Número de mujeres maltratadas: Se repite la cifra de DOS MILLONES. Está sacada de una escuesta del Instituto de la mujer que ha sido descalificada en su metodología y en sus resultados por especialistas.
- Número de mujeres muertas (unas 70 al año). La estadística está distorsionada. Infla las incluidas como violencia de genero con supuestos que nada tienen que ver con el machismo: asesinatos por psicópatas, por drogadictos inimputables, casos de suicidios consentidos, etc. No discrimina la violencia en función del origen nacional o cultural de los involucrados (inmigrantes recién llegados o transeúntes, sin vinculación alguna con los valores sociales españoles). Se ocultan datos de asesinatos contra hombres y de suicidios de hombres víctimas de falsas denuncias o divorcios canallescos.
- Número de falsas denuncias. Inexistentes o irrelevantes, según un estudio del Observatorio de violencia de género que sólo estudia las sentencias de la Audiencias Provinciales (los recursos, no las de primera instancia, que es donde se materializan las falsas denuncias); y sólo considera que hay falsa denuncia cuando el fiscal ha pedido procesamiento de la mujer por mentir, cuando realmente los fiscales obedecen instrucciones políticas de continuar la acusación contra el denunciado hasta que haya condena.
RESPONSABILIDADES POR LAS FALSAS DENUNCIAS: NO SÓLO ES UN TEMA IDELÓGICO O POLÍTICO. HAY OTROS RESPONSABLES:
No nos corresponde a “Los abuelos” determinarlas, pero queremos que se abra un debate social sobre lo siguiente. La falsa denuncia es un delito tipificado en el art. 456 del Código Penal. Es perseguible de oficio. Nos planteamos la actuación de los siguientes colectivos:
JUECES: ¿Por qué los jueces, especialmente los de juzgados de violencia de género, no suelen “deducir testimonio” (o sea, notificar al fiscal) de las actuaciones de las mujeres que pudieran presentar indicios de ser una falsa denuncia?
FISCALES: Su estatuto orgánico les encomienda la defensa de la legalidad y la persecución del delito, aunque están sujetos a jerarquía. Sabemos que tienen instrucciones de sus superiores políticos para continuar las acusaciones contra los matratadores hasta la condena, sin consentir reducciones. ¿Por qué no persiguen criminalmente todos los supuestos de posibles falsas denuncias?
ABOGADOS: Las denuncias de violencia de género estan respaldas generalmente por la actuación de un abogado, ya en su presentación, ya en su tramitación. Las asociaciones de mujeres han organizado turnos de asistencia jurídica a las víctimas, que incluso denigran a los abogados del turno de oficio organizado por los Colegios de abogados por “no ser especialistas” o “no estar sensibilizados en la materia”. ¿Por qué los abogados de los hombres falsamente denunciados no se querellan contra la mujer denunciante?
POLICÍAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD: Los policías nacionales y autonómicos y Guardias civiles tienen órdenes estrictas de detener al supesto maltratador en todo caso siguiendo “Protocolos de baremación de la peligrosidad”, que se elaboran por el Ministerio del Interior con la participación del Observatorio de violencia de género. Esos protocolos consideran como indicios de riesgo de violencia cualquier actuación unilateral de la mujer, como haber denunciado a su pareja con anterioridad (aunque sea en falso), haber solicitado asistencia psicológica (aunque no tenga que ver con su pareja), haber obtenido un parte de lesiones diciendo que les ha agredido la pareja (los protocolos médicos suelen decir que las lesiones “no sin incompatibles con violencia”), acusar a su pareja de tener armas en casa (por ejemplo, una navaja) o haber grabado en el móvil una discusión doméstica. Los policías prefieren detener a arriesgarse a que el denunciado incurra en un caso de violencia real y ser objeto de represalias profesiones y linchamiento mediático.
La detención ilegal es un delito, duramente castigado cuando lo cometen los agentes de la autoridad. ¿No contemplan los policías la posibilidad de ser acusados de ese delito, ya por los fiscales, ya por los abogados de los hombres falsamente denunciados?
ÉSTA ES LA PRIMERA ENCUESTA DE UNA SERIE. Están diseñadas otras cuyos resultados se irán publicando posteriormente con datos más matizados sobre los procedimientos, motivos y los implicados en las falsas denuncias.
ESTA ENCUESTA CONTRADICE LA VERDAD OFICIAL. SABEMOS QUE VA A SER CONTESTADA. CON CONTRAESTUDIOS Y QUE SUS CONCLUSIONES SERÁN REBATIDAS CON ARGUMENTOS IDEOLOGICOS. Sin duda se intentarán desprestigiar diciendo que esta iniciativa se enmarca en una CONTRARREACCION MACHISTA.
La encuesta se puede descargar en el siguiente enlace.
http://www.abuelosseparadosdesusnietos.org/documentos/documentos/encuesta-custodia-compartida.ppt
© M.V.
El 70% de la población cree que hay falsas denuncias de maltrato.
Dos de cada tres mujeres expresan esta misma opinión.
Un informe realizado por el Instituto DYM a instancia de la “Asociación de Abuelos separados de sus nietos” concluye que el 70% de los españoles opina que existen falsas denuncias de maltrato. El estudio aborda distintas cuestiones de la situación actual del divorcio y las relaciones familiares en España y ha sido elaborado a partir de 2000 encuestas, entre hombres y mujeres de entre 16 a 75 años, de todas las Comunidades autónomas. La amplitud de la muestra, comparable a los barómetros mensuales del C.I.S., le confiere un nivel de confianza del 95.5% y un margen de error inferior al 2,2 %.
Revela el estudio que el 80% de l población es partidario de la Custodia Compartida entre el padre y la madre en los casos de divorcio con hijos menores, porcentajes que se elevan al 86% en el área metropolitana de Madrid y al 89% en Vascongadas. Entre hombres y mujeres la Custodia Compartida es preferida en todo caso como primera opción, con pequeñas diferencias de unos cuatro puntos, ligeramente superiores en los entrevistados varones.
Esta situación contrasta con la realidad actual de la legislación vigente. Tras la ley de “divorcio-express” de 2005, las estadísticas del Consejo General del Poder Judicial revelan que la custodia de los hijos es atribuida por los tribunales a la madre en exclusiva en torno al 90% de los casos, al padre entre el 2 y el 3%, y que sólo en caso de acuerdo entre los dos progenitores se otorga con carácter compartido o alterno entre ellos, en menos del 7% de los divorcios.
Respecto a la vivienda de la pareja divorciada, un 40% es partidario de la venta inmediata y reparto del precio entre los dos, mientras que el 56% considera que, habiendo hijos, debe conservarse mientras éstos no sean independientes. La crisis del mercado inmobiliario y las dificultades para vender la vivienda sin pérdidas parecen pesar sobre tal división de opiniones: en la zona metropolitana de Madrid los partidarios de que no se venda la casa pese al divorcio ascienden hasta el 71.2%,
Sobre la valoración de la legislación vigente desde el punto de vista del principio de igualdad, el estudio concluye que la opinión de la sociedad es mayoritariamente negativa. Un 63% cree conveniente la reforma de la legislación de divorcio, y casi idéntico porcentaje opina que el hombre está discriminado respecto a la mujer por la legislación de familia promulgada por los últimos gobiernos socialistas. Sólo el 10% es partidario de que la ley siga como está. En este tema hay diferencias por razón de sexo y de Comunidad autónoma de residencia. Hay veintiún puntos de diferencia entre los hombres que se sienten discriminados (73,5%), respecto las mujeres que admiten que existe dicha desigualdad (51,9%), y el sesgo se acentúa en los tramos de edad con mayor incidencia de divorcios (35-55 años).
En la mayoría de las Comunidades autónomas el porcentaje de los que consideran que la vigente ley es discriminatoria contra el hombre se encuentra en torno al 66% de media, mientras en Cataluña baja al 52%. El dato sorprende, pues aunque Cataluña tiene promulgado su propio Código de Familia con variantes respecto de la legislación nacional, las estadísticas de los tribunales catalanes arrojan datos no muy distintos a los del resto de España en cuanto a atribuciones de custodias de hijos a mujeres y obligaciones de pago de pensiones a hombres.
El resultado más llamativo es el relativo a la aplicación de la polémica legislación de violencia de género. Es casi siete puntos superior el porcentaje que cree que “algunas mujeres ponen falsas denuncias de violencia de género para obtener ventajas en sus procesos de divorcio” (70%), que los que piensan que hay que reformar la actual legislación de divorcio (63%). En Andalucía la proporción de quienes desconfían de la legitimidad de algunas denuncias llega al 80%. La diferencia de resultados entre hombres y mujeres es claramente inferior en este punto a la que existe en cuanto a la sensación de discriminación legal: un 75,6% de hombres frente a un 64,4% de mujeres creen que existen falsas denuncias. El porcentaje de suspicaces aumenta en proporción inversa al nivel socio-económico de los encuestados: del 64% de los que se declaran de renta “media-alta”, al 73,1% de los que se consideran de renta “baja”.
Los datos anteriores contrastan con los oficiales facilitados por el Observatorio Estatal sobre Violencia de Género: el informe elaborado en Octubre de 2009 por el “Grupo de expertos y expertas del Consejo del Poder Judicial” para dicho órgano, reiteradamente invocado con posterioridad, sobre el análisis de las sentencias de todas las audiencias provinciales durante 15 meses, la proporción hallada de falsas denuncias fue sólo del 0,19%. Hay que recordar que dicho informe se realizó sobre una muestra ínfima y con sentencias tomadas de forma interesada y no aleatoria. Esto es, un informe carente de rigor y fiabilidad por lo manipulado del mismo.
LA ENCUESTA ES DE ALTÍSIMA CALIDAD Y NIVEL DE FIABILIDAD.
La entidad encuestadora, DYM, es una de las primeras firmas a nivel nacional en el sector de la demoscopia. Está homologada internacionalmente y pertenece a la red WIN de empresas independientes de estudios de opinión con presencia en 23 países.
El grupo Vocento (diario ABC) le suele encargar sus encuestas y prospecciones de voto para las elecciones nacionales, autonómicas y europeas. La Generalidad de Cataluña le ha encargado una macroencuesta sobre violencia de género que saldrá en los próximos meses.
El estudio se ha hecho sobre 2000 encuestas. Las oleadas del C.I.S, se realizan sobre 2500. Las ultimas encuestas sobre sentido de voto publicadas por los medios españoles suelen tener un espectro de análisis muy inferior (ejemplos: sondeo electoral de El País del domingo 7 de febrero de 2010: 500 encuestas; sondeo de opinión politica de El Mundo del lunes 8 de febrero de 2010: 700 encuestas; sondeo electoral de La Razón del primer fin de semana de febrero y el de 5 de abril de este año: 1.000 encuestas; sondeo electoral de ABC del 7 de febrero, 800 encuestas; el de 5 de abril, 2000 encuestas.
EL SISTEMA ESTIMULA LAS DENUNCIAS FALSAS PORQUE MUCHAS AYUDAS SE CONCEDEN POR EL HECHO DE DENUNCIAR, NO DE QUE SE CONDENE AL MATRATADOR.
La legislación vigente estimula la presentación de denuncias, pues gran parte de las ayudas económicas se conceden en función del NÚMERO de las denuncias, no de que se demuestre que sean ciertas, ni de las protecciones efectivamente otorgadas y menos aún de que las denuncias terminen en condena al agresor en sentencia firme.
Por eso las falsas denuncias están estimuladas a nivel institucional y a nivel particular o individual de la mujer que denuncia en falso.
NIVEL INSTITUCIONAL: El acuerdo del Consejo de Ministros de 29 de Julio de 2005, estableció como criterios para la concesión de subvenciones para la instalación y funcionamiento de los servicios de ayudas a las víctimas de violencia de género literalmente “el número de denuncias interpuestas por mujeres contra sus parejas” y el “número de mujeres que se declara maltratadas”.
La perversión de este sistema de ayudas provoca metástasis en todos los niveles de la administración: estatal, autonómico, local, asociativo e institucional. Dos ejemplos:
-El Ministerio de Igualdad firma anualmente convenios de colaboración con las Comunidades autónomas para la financiacion de programas de ayudas a la mujer maltratada. La mayor parte de los fondos provienen del Estado, pero se conceden en función de las estadísticas de denuncias formuladas.
- Las subvenciones concedidas por el Ministerio de Igualdad van a parar en gran parte a asociaciones de defensa de la mujer maltratada, que tienen que justificar en sus memorias las estadísticas de casos atendidos para poder recibir las ayudas.
NIVEL INDIVIDUAL:
PRIVILEGIOS SOCIALES A FAVOR DE LAS MUJERES QUE DENUNCIAN SER MALTRATADAS:
La simple presentación de la denuncia determina beneficios inmediatos para la mujer denunciante: posibilidad de alojamiento en casas de acogida, salario mínimo de integración, preferencia en acceso a viviendas de protección oficial, preferencia en matriculación de hijos en colegios, preferencia en la contratación en bolsas de trabajo específicas con subvenciones y desgravaciones para la empresa; cursos de formación laboral específicos; privilegios en flexibilidad de horarios laborales; asistencia jurídica gratuita; asistencia psicológica gratuita; posibilidad de pensiones de viudedad vitalicias, etc.
PRIVILEGIOS LEGALES EN LOS DIVORCIOS DE LAS MUJERES QUE DENUNCIAS SER MALTRADAS:
La simple denuncia determina la detención automática del hombre, supuesto maltratador, por la Policía. Las denuncias “asesoradas” suelen ponerse el viernes por la tarde, con lo que el supuesto maltratador no es llevado a presencia del juez hasta el lunes, como pronto, y pasa de una a tres noches en el calabozo: le quitan el cinturón, los cordones de los zapatos, el dinero, llaves y objetos personales y a veces las gafas. No se le suele proporciona medicación, aunque la necesite; escasísima comida y suele estar en una celda común con toda clase de delincuentes habituales y en pésimas condiciones higiénicas. No suele dormir, ni puede asearse ni afeitarse y llega abatido delante del Juez. Generalmente no tendrá un abogado de confianza y tendrá que fiarse del de oficio que le asignen, que no conoce hasta ese momento. En el juicio rápido aceptará generalmente los hechos por los que ha sido falsamente denunciado porque la conformidad con la petición del fiscal puede representar un reducción del un tercio de la condena, y porque en todo caso le permitirá salir desde el juzgado a la calle, sin ingresar en prisión. Si no acepta la condena, le aplicarán las medidas complementarias, como la orden de alejamiento de la mujer y la salida su domicilio.
Aunque no acepte la condena por la denuncia de violencia, su divorcio no se tramitará ante un Juzgado de familia o uno ordinario de primera instancia (donde no los hay de familia), sino que pasará a un Juzgado de violencia contra la mujer. Aunque sea absuelto de la denuncia de maltrato, durante toda la tramitación del divorcio quedará expulsado de su casa y privado de la relación con sus hijos. Cuando con ocasión del divorcio pida la custodia de sus hijos, aunque sea compartida y se la haya absuelto del supuesto maltrato, el Juez siempre considerará que es “desestabilizador” alterar la custodia exclusiva que hasta ese momento ha ejercido la madre. Aunque recurra a la audiencia o pasado algun tiempo pretenda modificar esa medida, los jueces resolverán siempre igual: es “pertubador” para los niños modificar la situación consolidada de convivencia de los niños con la madre, aunque tuviera su origen en una denuncia posteriormente declarada infundada.
Resultado: la mujer que denuncia en falso habrá asegurado quedarse con los niños y consiguientemente, con el derecho a usar la casa y a cobrar la pensión alimenticia, y muchas veces, compensatoria y todo por un procedimiento mucho más rápido que en un Juzgado de familia y con casi un 100% de posibilidades de éxito sin que le suponga perjuicio alguno al no abrirse causa por denuncia falsa a pesar de estipularlo el art. 456 del Código Penal.
LAS DENUNCIAS FALSAS ESTÁN ESTIMULADAS POR LA PROPAGANDA OFICIAL Y POR LA COMPLICIDAD CON ELLAS DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN:
Hay que recordar las campañas que incitan a la delación y a la denuncia (“TARJETA ROJA AL MALTRATADOR” “SI LA MALTRATAS NO ERES UN HOMBRE”, “MAMÁ, NO LO HAGAS POR NOSOTROS, HAZLO POR TI”; “DE TODAS LAS MUJERES QUE HAYA EN MI VIDA NINGUNA SERA MENOS QUE YO”), en prensa, radio, televisión, en paneles en carreteras y vías públicas, metro, autobuses, etc. Campañas institucionales en colegios, centro de trabajo, ayuntamientos, sindicatos, etc. Obligación a los medios de anunciar el teléfono 016 en la presentación de las noticias sobre supuestas violencias de género.
LA PROPAGANDA QUE ESTIMULA LAS FALSAS DENUNCIAS SE APOYA EN VERDADES “OFICIALES”, QUE SE PRETENDER IMPONER SOCIALMENTE, REPRIMIENDO EL DABATE PÚBLICO Y DESCALIFICANDO PERSONALMENTE AL DISIDENTE:
Tres ejemplos:
- Número de mujeres maltratadas: Se repite la cifra de DOS MILLONES. Está sacada de una escuesta del Instituto de la mujer que ha sido descalificada en su metodología y en sus resultados por especialistas.
- Número de mujeres muertas (unas 70 al año). La estadística está distorsionada. Infla las incluidas como violencia de genero con supuestos que nada tienen que ver con el machismo: asesinatos por psicópatas, por drogadictos inimputables, casos de suicidios consentidos, etc. No discrimina la violencia en función del origen nacional o cultural de los involucrados (inmigrantes recién llegados o transeúntes, sin vinculación alguna con los valores sociales españoles). Se ocultan datos de asesinatos contra hombres y de suicidios de hombres víctimas de falsas denuncias o divorcios canallescos.
- Número de falsas denuncias. Inexistentes o irrelevantes, según un estudio del Observatorio de violencia de género que sólo estudia las sentencias de la Audiencias Provinciales (los recursos, no las de primera instancia, que es donde se materializan las falsas denuncias); y sólo considera que hay falsa denuncia cuando el fiscal ha pedido procesamiento de la mujer por mentir, cuando realmente los fiscales obedecen instrucciones políticas de continuar la acusación contra el denunciado hasta que haya condena.
RESPONSABILIDADES POR LAS FALSAS DENUNCIAS: NO SÓLO ES UN TEMA IDELÓGICO O POLÍTICO. HAY OTROS RESPONSABLES:
No nos corresponde a “Los abuelos” determinarlas, pero queremos que se abra un debate social sobre lo siguiente. La falsa denuncia es un delito tipificado en el art. 456 del Código Penal. Es perseguible de oficio. Nos planteamos la actuación de los siguientes colectivos:
JUECES: ¿Por qué los jueces, especialmente los de juzgados de violencia de género, no suelen “deducir testimonio” (o sea, notificar al fiscal) de las actuaciones de las mujeres que pudieran presentar indicios de ser una falsa denuncia?
FISCALES: Su estatuto orgánico les encomienda la defensa de la legalidad y la persecución del delito, aunque están sujetos a jerarquía. Sabemos que tienen instrucciones de sus superiores políticos para continuar las acusaciones contra los matratadores hasta la condena, sin consentir reducciones. ¿Por qué no persiguen criminalmente todos los supuestos de posibles falsas denuncias?
ABOGADOS: Las denuncias de violencia de género estan respaldas generalmente por la actuación de un abogado, ya en su presentación, ya en su tramitación. Las asociaciones de mujeres han organizado turnos de asistencia jurídica a las víctimas, que incluso denigran a los abogados del turno de oficio organizado por los Colegios de abogados por “no ser especialistas” o “no estar sensibilizados en la materia”. ¿Por qué los abogados de los hombres falsamente denunciados no se querellan contra la mujer denunciante?
POLICÍAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD: Los policías nacionales y autonómicos y Guardias civiles tienen órdenes estrictas de detener al supesto maltratador en todo caso siguiendo “Protocolos de baremación de la peligrosidad”, que se elaboran por el Ministerio del Interior con la participación del Observatorio de violencia de género. Esos protocolos consideran como indicios de riesgo de violencia cualquier actuación unilateral de la mujer, como haber denunciado a su pareja con anterioridad (aunque sea en falso), haber solicitado asistencia psicológica (aunque no tenga que ver con su pareja), haber obtenido un parte de lesiones diciendo que les ha agredido la pareja (los protocolos médicos suelen decir que las lesiones “no sin incompatibles con violencia”), acusar a su pareja de tener armas en casa (por ejemplo, una navaja) o haber grabado en el móvil una discusión doméstica. Los policías prefieren detener a arriesgarse a que el denunciado incurra en un caso de violencia real y ser objeto de represalias profesiones y linchamiento mediático.
La detención ilegal es un delito, duramente castigado cuando lo cometen los agentes de la autoridad. ¿No contemplan los policías la posibilidad de ser acusados de ese delito, ya por los fiscales, ya por los abogados de los hombres falsamente denunciados?
ÉSTA ES LA PRIMERA ENCUESTA DE UNA SERIE. Están diseñadas otras cuyos resultados se irán publicando posteriormente con datos más matizados sobre los procedimientos, motivos y los implicados en las falsas denuncias.
ESTA ENCUESTA CONTRADICE LA VERDAD OFICIAL. SABEMOS QUE VA A SER CONTESTADA. CON CONTRAESTUDIOS Y QUE SUS CONCLUSIONES SERÁN REBATIDAS CON ARGUMENTOS IDEOLOGICOS. Sin duda se intentarán desprestigiar diciendo que esta iniciativa se enmarca en una CONTRARREACCION MACHISTA.
La encuesta se puede descargar en el siguiente enlace.
http://www.abuelosseparadosdesusnietos.org/documentos/documentos/encuesta-custodia-compartida.ppt
© M.V.
martes, 16 de febrero de 2010
Agresión de feministas a Francisco Zugasti en los cursos de verano de la UCM en El Escorial.
Asociación
PROJUSTICIA
info@projusticia.es
www.projusticia.es
620100000
13 de febrero de 2010
Agresión de feministas a Francisco Zugasti en los cursos de verano de la UCM en El Escorial.
El pasado verano, durante los Cursos de verano de la Universidad Complutense de Madrid en San Lorenzo de El Escorial, se volvió a demostrar el verdadero carácter de las feministas que actualmente controlan los partidos políticos y promueven los aberrantes cambios en la legislación que ha habido en los últimos años.
El curso, promovido por el Ministerio de “igualdad” y en el que intervinieron Bibiana Aído (ministra de igualdad), Miguel Lorente Acosta (delegado del Gobierno), Inmaculada Montalbán (presidenta del Observatorio contra la violencia de género del CGPJ), etc., contó también con la intervención de las ponentes Ana María Pérez del Campo Noriega, Yolanda Besteiro de la Fuente y Consuelo Abril González, quienes variaron completamente sus ponencias al constatar la presencia de Francisco Zugasti y sus acompañantes, dedicándose a caldear el ambiente lo suficiente como para despertar el odio entre las "alumnas". Alumnas que hasta ese momento ni sabían quienes eran Francisco y sus acompañantes. Las citadas ponentes calumniaron a Francisco Zugasti y a sus acompañantes acusándoles, entre otras falacias, de maltratadores y terroristas.
Fue imposible el turno de preguntas debido a los insultos de las "alumnas".
Cuando el moderador, alto cargo del Ministerio de igualdad, dio por concluido el acto, Francisco Zugasti fue agredido por quienes incluso pretendieron detenerle haciéndose pasar por policía nacional, le impidieron abandonar el salón en contra de su voluntad e intentaron robarle sus pertenencias. Finalmente fue la policía local quien consiguió que Francisco Zugasti y sus acompañantes pudiesen librarse de las agresoras teniendo incluso que precisar tratamiento médico..
Para más enjundia al día siguiente,
Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de mujeres separadas y divorciadas,
Consuelo Abril González, presidenta de la Comisión para la investigación de los malos tratos,
Yolanda Besteiro de la Fuente, presidenta de la Federación de mujeres progresistas, y
Blanca Estrella Ruiz Ungo, presidenta de la Asociación Clara Campoamor,
dieron una rueda de prensa (1) calumniando nuevamente a Francisco Zugasti, asegurando que fue él quien les agredió a ellas.
En el colmo de la cara dura y como tienen por costumbre, pusieron una denuncia falsa contra Francisco Zugasti (2).
Esta denuncia, a todas luces falsa, ha sido archivada (3) por el juzgado nº. 4 de San Lorenzo de El Escorial tras el correspondiente auto (4).
Se han iniciado los trámites para presentar la correspondientes querellas por denuncia falsa, calumnias e injurias, presentando el escrito para el acto de conciliación previo (5).
No olvidemos que estas “feministas” son las principales dirigentes en España de este feminismo talibán o feminazismo, que en público defienden, entre otras falacias (6), la inexistencia de denuncias falsas de maltrato (7) y que sólo el hombre agrede a la mujer siendo todas las mujeres seres beatíficos y pacíficos pero nunca maltratadoras (8).
Sabemos ya que viven del dinero de todos (9) y que persiguen a todo aquel que saca a la luz sus mentiras (6) y miserias (10).
La denuncia interpuesta por Francisco Zugasti sigue su curso pues hay pruebas más que suficientes que demuestran (11) que fue él quien sufrió la agresión de este grupo de “feministas”.
En resumen,
Las feministas dicen que no hay mujeres agresoras y son ellas mismas las primeras en agredir.
Las feministas dicen que no hay denuncias falsas y son ellas las primeras en denunciar en falso.
Las feministas dicen que no hay informes falsos y son ellas las primeras en autolesionarse para conseguir un informe falso para incriminar a un inocente.
Las feministas no hacen sino mentir y perseguir a quien saca a la luz sus falacias y su deplorable negocio sustentado en mentiras.
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Rueda de prensa de las feministas para calumniar a Francisco Zugasti. http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/ejemplos/asociaciones-de-mujeres-denuncian-la-dinamica-de-acoso-y-agresiones-de-la-asociacion-de-hombres-Projusticia.htm
2.- Denuncia falsa presentada por las feministas.
http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/documentos/denuncia-falsa-feministas-contra-Zugasti.pdf
3.- Entrevista a Francisco Zugasti en Intereconomiatv tras el archivo de la denuncia.
http://www.projusticia.es/audiovisual/videos/entrevista-a-Francisco-Zugasti-en-Intereconomiatv.html
4.- Auto de archivo de la denuncia falsa.
http://www.projusticia.es/audiovisual/videos/entrevista-a-Francisco-Zugasti-en-Intereconomiatv.html
5.- Demanda acto de conciliación.
http://www.projusticia.es/maltratadoras/documentos/demanda-conciliacion-rueda-de-prensa-feministas.jpg
6.- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
7.- Denuncias falsas de maltrato.
http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/denuncias%20falsas.htm
8.- Mujeres maltratadoras.
http://www.projusticia.es/maltratadoras/maltratadoras.htm
9.- Subvenciones, beneficiarias y uso de las mismas.
http://www.projusticia.es/subvenciones%20y%20su%20empleo/subvenciones%20y%20empleo%20de%20las%20mismas.htm
10.- Casas de acogida. ¿Ayuda a las víctimas o negocio a costa de ellas?
http://www.projusticia.es/casas-de-acogida/casas-de-acogida.html
11.- Agresión de feministas a Francisco Zugasti en San Lorenzo de El Escorial. http://www.projusticia.es/audiovisual/audio/agresion-feministas-a-Francisco-Zugasti-en-El-Escorial-29-07-2009%20.html
12.- Industria del maltrato
www.projusticia.es/industria%20del%20maltrato/industria%20del%20maltrato.htm
13.- Custodia Compartida.
www.projusticia.es/custodia%20compartida/custodia%20compartida.htm
14.- Ley de igualdad.
www.projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
15.- Ley integral contra la violencia de género.
www.projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
16.- Ley del divorcio.
www.projusticia.es/ley%20del%20divorcio/ley%20del%20divorcio.html
17.- Ley de mediación familiar.
www.projusticia.es/ley-de-mediacion-familiar/ley-de-mediacion-familiar.htm
18.- Consecuencias de separaciones en los hijos.
www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
Notas de prensa anteriores:
www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
PROJUSTICIA
info@projusticia.es
www.projusticia.es
620100000
13 de febrero de 2010
Agresión de feministas a Francisco Zugasti en los cursos de verano de la UCM en El Escorial.
El pasado verano, durante los Cursos de verano de la Universidad Complutense de Madrid en San Lorenzo de El Escorial, se volvió a demostrar el verdadero carácter de las feministas que actualmente controlan los partidos políticos y promueven los aberrantes cambios en la legislación que ha habido en los últimos años.
El curso, promovido por el Ministerio de “igualdad” y en el que intervinieron Bibiana Aído (ministra de igualdad), Miguel Lorente Acosta (delegado del Gobierno), Inmaculada Montalbán (presidenta del Observatorio contra la violencia de género del CGPJ), etc., contó también con la intervención de las ponentes Ana María Pérez del Campo Noriega, Yolanda Besteiro de la Fuente y Consuelo Abril González, quienes variaron completamente sus ponencias al constatar la presencia de Francisco Zugasti y sus acompañantes, dedicándose a caldear el ambiente lo suficiente como para despertar el odio entre las "alumnas". Alumnas que hasta ese momento ni sabían quienes eran Francisco y sus acompañantes. Las citadas ponentes calumniaron a Francisco Zugasti y a sus acompañantes acusándoles, entre otras falacias, de maltratadores y terroristas.
Fue imposible el turno de preguntas debido a los insultos de las "alumnas".
Cuando el moderador, alto cargo del Ministerio de igualdad, dio por concluido el acto, Francisco Zugasti fue agredido por quienes incluso pretendieron detenerle haciéndose pasar por policía nacional, le impidieron abandonar el salón en contra de su voluntad e intentaron robarle sus pertenencias. Finalmente fue la policía local quien consiguió que Francisco Zugasti y sus acompañantes pudiesen librarse de las agresoras teniendo incluso que precisar tratamiento médico..
Para más enjundia al día siguiente,
Ana María Pérez del Campo, presidenta de la Federación de mujeres separadas y divorciadas,
Consuelo Abril González, presidenta de la Comisión para la investigación de los malos tratos,
Yolanda Besteiro de la Fuente, presidenta de la Federación de mujeres progresistas, y
Blanca Estrella Ruiz Ungo, presidenta de la Asociación Clara Campoamor,
dieron una rueda de prensa (1) calumniando nuevamente a Francisco Zugasti, asegurando que fue él quien les agredió a ellas.
En el colmo de la cara dura y como tienen por costumbre, pusieron una denuncia falsa contra Francisco Zugasti (2).
Esta denuncia, a todas luces falsa, ha sido archivada (3) por el juzgado nº. 4 de San Lorenzo de El Escorial tras el correspondiente auto (4).
Se han iniciado los trámites para presentar la correspondientes querellas por denuncia falsa, calumnias e injurias, presentando el escrito para el acto de conciliación previo (5).
No olvidemos que estas “feministas” son las principales dirigentes en España de este feminismo talibán o feminazismo, que en público defienden, entre otras falacias (6), la inexistencia de denuncias falsas de maltrato (7) y que sólo el hombre agrede a la mujer siendo todas las mujeres seres beatíficos y pacíficos pero nunca maltratadoras (8).
Sabemos ya que viven del dinero de todos (9) y que persiguen a todo aquel que saca a la luz sus mentiras (6) y miserias (10).
La denuncia interpuesta por Francisco Zugasti sigue su curso pues hay pruebas más que suficientes que demuestran (11) que fue él quien sufrió la agresión de este grupo de “feministas”.
En resumen,
Las feministas dicen que no hay mujeres agresoras y son ellas mismas las primeras en agredir.
Las feministas dicen que no hay denuncias falsas y son ellas las primeras en denunciar en falso.
Las feministas dicen que no hay informes falsos y son ellas las primeras en autolesionarse para conseguir un informe falso para incriminar a un inocente.
Las feministas no hacen sino mentir y perseguir a quien saca a la luz sus falacias y su deplorable negocio sustentado en mentiras.
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Rueda de prensa de las feministas para calumniar a Francisco Zugasti. http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/ejemplos/asociaciones-de-mujeres-denuncian-la-dinamica-de-acoso-y-agresiones-de-la-asociacion-de-hombres-Projusticia.htm
2.- Denuncia falsa presentada por las feministas.
http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/documentos/denuncia-falsa-feministas-contra-Zugasti.pdf
3.- Entrevista a Francisco Zugasti en Intereconomiatv tras el archivo de la denuncia.
http://www.projusticia.es/audiovisual/videos/entrevista-a-Francisco-Zugasti-en-Intereconomiatv.html
4.- Auto de archivo de la denuncia falsa.
http://www.projusticia.es/audiovisual/videos/entrevista-a-Francisco-Zugasti-en-Intereconomiatv.html
5.- Demanda acto de conciliación.
http://www.projusticia.es/maltratadoras/documentos/demanda-conciliacion-rueda-de-prensa-feministas.jpg
6.- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
7.- Denuncias falsas de maltrato.
http://www.projusticia.es/denuncias%20falsas/denuncias%20falsas.htm
8.- Mujeres maltratadoras.
http://www.projusticia.es/maltratadoras/maltratadoras.htm
9.- Subvenciones, beneficiarias y uso de las mismas.
http://www.projusticia.es/subvenciones%20y%20su%20empleo/subvenciones%20y%20empleo%20de%20las%20mismas.htm
10.- Casas de acogida. ¿Ayuda a las víctimas o negocio a costa de ellas?
http://www.projusticia.es/casas-de-acogida/casas-de-acogida.html
11.- Agresión de feministas a Francisco Zugasti en San Lorenzo de El Escorial. http://www.projusticia.es/audiovisual/audio/agresion-feministas-a-Francisco-Zugasti-en-El-Escorial-29-07-2009%20.html
12.- Industria del maltrato
www.projusticia.es/industria%20del%20maltrato/industria%20del%20maltrato.htm
13.- Custodia Compartida.
www.projusticia.es/custodia%20compartida/custodia%20compartida.htm
14.- Ley de igualdad.
www.projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
15.- Ley integral contra la violencia de género.
www.projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
16.- Ley del divorcio.
www.projusticia.es/ley%20del%20divorcio/ley%20del%20divorcio.html
17.- Ley de mediación familiar.
www.projusticia.es/ley-de-mediacion-familiar/ley-de-mediacion-familiar.htm
18.- Consecuencias de separaciones en los hijos.
www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
Notas de prensa anteriores:
www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
domingo, 17 de enero de 2010
Archivo de la denuncia falsa de las feministas
Entrevista a Francisco Zugasti tras el archivo de la denuncia falsa de las feministas contra él.
domingo, 25 de octubre de 2009
Próximo juicio, Estado de Nueva York contra María José Carrascosa
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' 620100000
23 de octubre de 2009
Próximo juicio, Estado de Nueva York contra María José Carrascosa
El próximo 28 de octubre tendrá lugar el juicio del Estado de Nueva York contra la abogada María José Carrascosa por la sustracción de su hija Victoria Innes Carrascosa, ciudadana estadounidense y española.
Tras numerosas suspensiones provocadas por la propia acusada como estrategia procesal, negándose a cumplir las resoluciones judiciales que le obligan a devolver la niña a Estados Unidos, por lo que ha estado en prisión preventiva, finalmente será juzgada por el delito de sustracción internacional de menores.
La Sra. Carrascosa ha incumplido el acuerdo prenupcial, la legislación estadounidense, la legislación española y las resoluciones de los tribunales competentes, en este caso los estadounidenses, al estar la residencia habitual del matrimonio en Nueva Jersey. Circunstancia ésta que ha obviado el juez español, incumpliendo lo estipulado en el Convenio de La Haya.
Durante los últimos cuatro años la Sra. Carrascosa ha desarrollado, junto a su familia, una campaña de difamación y calumnias contra su exmarido, Peter Innes, acusándole de maltratador, envenenador, narcotraficante, bígamo, falsificador, etc. De todas estas denuncias el Sr. Innes ha sido declarado inocente por ser falsas las acusaciones.
Al mismo tiempo, la familia Carrascosa ha sometido a la niña al proceso de alienación parental, tal y como queda meridianamente claro en el informe pericial del juzgado español y las propias declaraciones de la hermana de la Sra. Carrascosa.
Por su parte el Sr. Innes ha intentado por todos los medios llegar a un acuerdo con su exesposa, buscando el beneficio de su hija. A día de hoy no ha denunciado a la Sra. Carrascosa por injurias, calumnias, denuncias falsas, etc. Todo ello en la esperanza de llegar a un acuerdo que permita a su hija criarse con padre y madre. Incluso en la reunión al efecto celebrada en La Haya, todas las partes implicadas, (Innes, administración y justicia estadounidense, administración y justicia española) rebajaron ostensiblemente sus peticiones. Todas menos María José Carrascosa quien volvió a engañar a todo el mundo. Es evidente la imposibilidad de llegar a un acuerdo con una persona que incumple todas los contratos, las leyes y resoluciones judiciales.
Victoria Innes Carrascosa se está criando huérfana tanto de padre como de madre cuando ambos están vivos, gracias a la mala fe de la familia Carrascosa y a la deplorable actuación del juez español. Esta situación es muy habitual tras las separaciones conyugales, en las que el progenitor custodio, la madre en la casi totalidad de los casos, provoca una orfandad artificial a los hijos con la inestimable ayuda de la legislación promulgada por los políticos y la práctica diaria de los jueces. Los innumerables e irrecuperables daños causados a estos niños serían fácilmente evitables aplicando la custodia compartida por defecto tras las separaciones conyugales. De paso, desaparecería la industria del maltrato sostenida en su mayor parte con los impuestos de los ciudadanos.
En fecha reciente, la fiscal Gema García ha iniciado los trámites para otorgar la custodia de la niña a los abuelos maternos obviando por completo que la niña tiene padre y que éste tiene otorgada la custodia por sentencia de un tribual estadounidense, que recordemos, es el único competente. Tras conocer por casualidad esta nueva ilegalidad por tramitarse a espaldas del padre, el abogado de Peter Innes requirió a la fiscal una explicación. Gema García contestó que no era necesario notificar nada al padre pues a efectos prácticos el padre no existe.
Nuevamente hemos de recordar que tanto la legislación estadounidense, la española y la internacional (Vonvenio de La Haya) son bien claras respecto a la competencia. Recordemos al efecto lo que dice la legislación española que también ha sido vulnerada por el juez español.
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil
(Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2000)
CAPÍTULO IV
De los procesos matrimoniales y de menores
Artículo 769. Competencia.
1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante o de los cónyuges que soliciten la separación o el divorcio de mutuo acuerdo, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.
Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el de su última residencia, a elección del demandante y, si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor.
2. En el procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo a que se refiere el artículo 777, será competente el Juez del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.
3. En los procesos que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores, será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio común de los progenitores. En el caso de residir los progenitores en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del domicilio del demandado o el de la residencia del menor.
4. El tribunal examinará de oficio su competencia.
Son nulos los acuerdos de las partes que se opongan a lo dispuesto en este artículo.
Desgraciadamente estos hechos no son sino un caso más de los miles que se producen cada año tras las separaciones conyugales, en los que los niños son tratados como mercancia propiedad de la madre, por el simple hecho de haber dado techo y comida al niño durante nueve meses (sin esfuerzo alguno), y utilizados como rehén, objeto de extorsión al padre que es tratado como un donante de semen y cajero automático, sin capacidad alguna para decidir sobre la crianza y educación de sus propios hijos. En muchas ocasiones, el padre ni siquiera tiene posibilidad de tener el menor contacto con sus hijos. Todo ello con la inestimable colaboración de los jueces que aplican una legislación aberrante.
Victoria, ciudadana estadounidense, menor de edad, permanece retenida contra su voluntad y la legislación vigente en un país que no es el suyo.
El juicio empezará con la selección del jurado el 28 de octubre.
Superior Court of New Jersey
10 Main Street
Hackensack, New Jersey 07601
Más información en
http://projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/Victoria%20Innes%20Carrascosa.htm
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Informe del perito del juzgado de Valencia sobre Victoria Innes Carrascosa.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/informe-Victoria-Innes.pdf
2.- Victoria Carrascosa dice que la niña tiene recuerdos de maltrato.
http://www.projusticia.es\casos-particulares\documentos\Peter-Innes\documentos\Maria-Jose-Carrascosa-hace-una-contraoferta-para-negociar-con-su-ex-marido.htm
3.- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
4.- Industria del maltrato
http://projusticia.es/industria%20del%20maltrato/industria%20del%20maltrato.htm
5.- Custodia Compartida.
http://projusticia.es/custodia%20compartida/custodia%20compartida.htm
6.- Ley de igualdad.
http://projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
7.- Ley integral contra la violencia de género.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
8.- Ley del divorcio.
http://projusticia.es/ley%20del%20divorcio/ley%20del%20divorcio.html
9.- Ley de mediación familiar.
http://projusticia.es/ley-de-mediacion-familiar/ley-de-mediacion-familiar.htm
10.- Consecuencias de separaciones en los hijos.
http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
Manifestación por la custodia compartida, contra las denuncias falsas y el Síndrome de Alienación Parental.
Madrid. 21 de noviembre de 2009. 12 horas.
Plaza del Callao - Plaza de Oriente
Más información:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2009.htm
Asociación PROJUSTICIA para damnificados por decisiones judiciales Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Grupo 1 / Sección: 1 / Número Nacional: 586892 – CIF: G84649334
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23 de octubre de 2009
Próximo juicio, Estado de Nueva York contra María José Carrascosa
El próximo 28 de octubre tendrá lugar el juicio del Estado de Nueva York contra la abogada María José Carrascosa por la sustracción de su hija Victoria Innes Carrascosa, ciudadana estadounidense y española.
Tras numerosas suspensiones provocadas por la propia acusada como estrategia procesal, negándose a cumplir las resoluciones judiciales que le obligan a devolver la niña a Estados Unidos, por lo que ha estado en prisión preventiva, finalmente será juzgada por el delito de sustracción internacional de menores.
La Sra. Carrascosa ha incumplido el acuerdo prenupcial, la legislación estadounidense, la legislación española y las resoluciones de los tribunales competentes, en este caso los estadounidenses, al estar la residencia habitual del matrimonio en Nueva Jersey. Circunstancia ésta que ha obviado el juez español, incumpliendo lo estipulado en el Convenio de La Haya.
Durante los últimos cuatro años la Sra. Carrascosa ha desarrollado, junto a su familia, una campaña de difamación y calumnias contra su exmarido, Peter Innes, acusándole de maltratador, envenenador, narcotraficante, bígamo, falsificador, etc. De todas estas denuncias el Sr. Innes ha sido declarado inocente por ser falsas las acusaciones.
Al mismo tiempo, la familia Carrascosa ha sometido a la niña al proceso de alienación parental, tal y como queda meridianamente claro en el informe pericial del juzgado español y las propias declaraciones de la hermana de la Sra. Carrascosa.
Por su parte el Sr. Innes ha intentado por todos los medios llegar a un acuerdo con su exesposa, buscando el beneficio de su hija. A día de hoy no ha denunciado a la Sra. Carrascosa por injurias, calumnias, denuncias falsas, etc. Todo ello en la esperanza de llegar a un acuerdo que permita a su hija criarse con padre y madre. Incluso en la reunión al efecto celebrada en La Haya, todas las partes implicadas, (Innes, administración y justicia estadounidense, administración y justicia española) rebajaron ostensiblemente sus peticiones. Todas menos María José Carrascosa quien volvió a engañar a todo el mundo. Es evidente la imposibilidad de llegar a un acuerdo con una persona que incumple todas los contratos, las leyes y resoluciones judiciales.
Victoria Innes Carrascosa se está criando huérfana tanto de padre como de madre cuando ambos están vivos, gracias a la mala fe de la familia Carrascosa y a la deplorable actuación del juez español. Esta situación es muy habitual tras las separaciones conyugales, en las que el progenitor custodio, la madre en la casi totalidad de los casos, provoca una orfandad artificial a los hijos con la inestimable ayuda de la legislación promulgada por los políticos y la práctica diaria de los jueces. Los innumerables e irrecuperables daños causados a estos niños serían fácilmente evitables aplicando la custodia compartida por defecto tras las separaciones conyugales. De paso, desaparecería la industria del maltrato sostenida en su mayor parte con los impuestos de los ciudadanos.
En fecha reciente, la fiscal Gema García ha iniciado los trámites para otorgar la custodia de la niña a los abuelos maternos obviando por completo que la niña tiene padre y que éste tiene otorgada la custodia por sentencia de un tribual estadounidense, que recordemos, es el único competente. Tras conocer por casualidad esta nueva ilegalidad por tramitarse a espaldas del padre, el abogado de Peter Innes requirió a la fiscal una explicación. Gema García contestó que no era necesario notificar nada al padre pues a efectos prácticos el padre no existe.
Nuevamente hemos de recordar que tanto la legislación estadounidense, la española y la internacional (Vonvenio de La Haya) son bien claras respecto a la competencia. Recordemos al efecto lo que dice la legislación española que también ha sido vulnerada por el juez español.
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento civil
(Boletín Oficial del Estado de 8 de enero de 2000)
CAPÍTULO IV
De los procesos matrimoniales y de menores
Artículo 769. Competencia.
1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que se refiere este capítulo el Juzgado de Primera Instancia del lugar del domicilio conyugal. En el caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante o de los cónyuges que soliciten la separación o el divorcio de mutuo acuerdo, el del último domicilio del matrimonio o el de residencia del demandado.
Los que no tuvieren domicilio ni residencia fijos podrán ser demandados en el lugar en que se hallen o en el de su última residencia, a elección del demandante y, si tampoco pudiere determinarse así la competencia, corresponderá ésta al tribunal del domicilio del actor.
2. En el procedimiento de separación o divorcio de mutuo acuerdo a que se refiere el artículo 777, será competente el Juez del último domicilio común o el del domicilio de cualquiera de los solicitantes.
3. En los procesos que versen exclusivamente sobre guarda y custodia de hijos menores o sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores, será competente el Juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio común de los progenitores. En el caso de residir los progenitores en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante, el del domicilio del demandado o el de la residencia del menor.
4. El tribunal examinará de oficio su competencia.
Son nulos los acuerdos de las partes que se opongan a lo dispuesto en este artículo.
Desgraciadamente estos hechos no son sino un caso más de los miles que se producen cada año tras las separaciones conyugales, en los que los niños son tratados como mercancia propiedad de la madre, por el simple hecho de haber dado techo y comida al niño durante nueve meses (sin esfuerzo alguno), y utilizados como rehén, objeto de extorsión al padre que es tratado como un donante de semen y cajero automático, sin capacidad alguna para decidir sobre la crianza y educación de sus propios hijos. En muchas ocasiones, el padre ni siquiera tiene posibilidad de tener el menor contacto con sus hijos. Todo ello con la inestimable colaboración de los jueces que aplican una legislación aberrante.
Victoria, ciudadana estadounidense, menor de edad, permanece retenida contra su voluntad y la legislación vigente en un país que no es el suyo.
El juicio empezará con la selección del jurado el 28 de octubre.
Superior Court of New Jersey
10 Main Street
Hackensack, New Jersey 07601
Más información en
http://projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/Victoria%20Innes%20Carrascosa.htm
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Informe del perito del juzgado de Valencia sobre Victoria Innes Carrascosa.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/informe-Victoria-Innes.pdf
2.- Victoria Carrascosa dice que la niña tiene recuerdos de maltrato.
http://www.projusticia.es\casos-particulares\documentos\Peter-Innes\documentos\Maria-Jose-Carrascosa-hace-una-contraoferta-para-negociar-con-su-ex-marido.htm
3.- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
4.- Industria del maltrato
http://projusticia.es/industria%20del%20maltrato/industria%20del%20maltrato.htm
5.- Custodia Compartida.
http://projusticia.es/custodia%20compartida/custodia%20compartida.htm
6.- Ley de igualdad.
http://projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
7.- Ley integral contra la violencia de género.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
8.- Ley del divorcio.
http://projusticia.es/ley%20del%20divorcio/ley%20del%20divorcio.html
9.- Ley de mediación familiar.
http://projusticia.es/ley-de-mediacion-familiar/ley-de-mediacion-familiar.htm
10.- Consecuencias de separaciones en los hijos.
http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
Manifestación por la custodia compartida, contra las denuncias falsas y el Síndrome de Alienación Parental.
Madrid. 21 de noviembre de 2009. 12 horas.
Plaza del Callao - Plaza de Oriente
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sábado, 3 de octubre de 2009
Nuevo ridículo del Ministerio de igualdad negando la existencia del Síndrome de Alienación Parental.
Nuevo ridículo del Ministerio de igualdad negando la existencia del Síndrome de Alienación Parental.
El pasado 29 de septiembre ha tenido lugar en el Ministerio de igualdad la presentación de un libro que niega la existencia del Síndrome de Alienación Parental (1).
No deja de ser un nuevo intento de ocultar la verdad (2) por miedo a perder el lucrativo negocio de la industria del maltrato (3) financiada generosamente a costa de los Presupuestos generales del Estado (4).
En esta ocasión el ridículo ha llegado a mayores. Lorente Acosta (5) ha sido preguntado, por una redactora del diario “El Mundo” (6), cómo es posible que el Ministerio niegue la existencia del SAP si el propio presidente del Gobierno reconoce que es un grave problema que hay que solucionar, en respuesta por carta a una madre afectada por este grave problema (7). El delegado del Gobierno en un nuevo alarde de cinismo ha contestado que no es incompatible negar la existencia y que haya casos puntuales.
Este esperpento se produce tras la celebración del “Congreso internacional sobre Síndrome de Alienación Parental y Custodia Compartida”, celebrado en León (8). El propio Zapatero aceptó la presidencia del Comité de Honor. La ministra de Sanidad también aceptó ser parte del citado Comité. Tanto Zapatero como Jiménez se descolgaron semanas después tras recibir las consabidas presiones de los grupos feministas radicales.
El gobierno de Zapatero desde su llegada al poder viene siendo “chantajeado” (9) por grupos feministas radicales que imponen sus dictados a los que se pliega sin rechistar el Gobierno y el partido que le sustenta (10).
La ocultación y manipulación de datos cuando no la negación de lo evidente (11), como es el caso que nos ocupa o el asunto de las denuncias falsas (12) íntimamente ligado al SAP, por parte de este colectivo radical, choca de frente con el reconocimiento del problema por parte del Defensor del menor (13), del Colegio de psicólogos (14), del Colegio de Médicos (15) o con la contundente respuesta de ASEMIP (16).
Argumentan estos personajes que el Síndrome de Alienación Parental no está incluido en el DSM IV. Pero tampoco lo están el Síndrome de Estocolmo, el Síndrome de Munchausen o el Síndrome de la mujer maltratada. Éste último constantemente citado en los informes que emiten los “profesionales” que trabajan a la sombra de la industria del maltrato.
Difaman a Gardner, quien tipificó el Síndrome de Alienación Parental, acusándole de pedófilo. Acusación basada en tergiversaciones de sus escritos. Curiosamente las autoras del libro presentado en el Ministerio son parte del equipo que “dirigía” Jorge Corsi. Gurú del colectivo que imparte cursos por doquier para adoctrinar en como se ha de evitar el maltrato a las mujeres y a los niños. Jorge Corsi está detenido en Argentina por abusos sexuales a menores (17).
El Observatorio de Violencia de género, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, por boca de su actual presidenta, Inmaculada Montalbán, niega la existencia del SAP. Atribuyéndose unas competencias que no tiene pues no deja de ser parte del órgano de gobierno de los jueces. Pero este órgano nada tiene que ver con psiquiatras o psicólogos. No sorprende por tanto que ante la solicitud de entrevista para tratar estos temas, Inmaculada Montalbán rechace la petición argumentando que “no corresponde a los /as Vocales del CGPJ mantener este tipo de entrevistas, cuyo contenido parece corresponder a otros foros de debate”. Es más, en octubre próximo se celebrará el III Congreso del Observatorio de violencia de género en el que se debatirán estos asuntos (18). Aunque más que debate lo que habrá, una vez más, será la imposición de los dogmas feministas. Actitud y hechos de los que su predecesora en el cargo, Montserrat Comas, ya hizo gala (19). No olvidemos que también niegan la existencia de denuncias falsas de maltrato.
Resulta evidente que el mejor medio para prevenir el SAP es la Custodia Compartida (20) de los hijos tras las separaciones conyugales toda vez que se impide al alienador disponer no sólo de mucho más tiempo para proceder a su nefanda labor sino que se evita que se le prive a los niños de conocer la otra versión al mantenerseles alejados del otro progenitor.
Pero esta sencilla solución, la Custodia Compartida, adoptada por la inmensa mayoría de los países de nuestro entorno con resultados contundentes en beneficio de los menores y de los adultos, choca de frente con los intereses económicos de los grupos feministas radicales, quienes vienen imponiendo cambios legislativos que han mandado a la alcantarilla principios jurídicos básicos como el principio de presunción de inocencia, como queda reflejado en el artículo trece de la Ley de igualdad (21). La ley integral de violencia de género (22), la ley del divorcio (23), la ley de mediación familiar (24), la ley de igualdad, reglamentos, protocolos, etc., no han hecho sino ahondar en la perversamente llamada discriminación positiva, facilitando el soporte legal necesario para mantener la industria del maltrato.
No queremos terminar sin recordar los graves perjuicios que sufren los menores. los hijos de padres separados que han sufrido las consecuencias de haber sido apartados de una relación normal con su padre y la familia extensa. Según el U.S.A. Department of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y relación con su padre, son (25):
5 veces más propensos a cometer suicidio.
32 veces más propensos a irse de casa.
20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
9 veces más propensos a abandonar los estudios.
10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
20 veces más propensos a acabar en prisión.
Baste un ejemplo: el caso Innes – Carrascosa (26). El proceso de SAP al que está siendo sometida la menor no puede ser más claro (27) con el consabido aderezo de denuncias falsas a su padre: maltrato, falsedad documental, bigamia, narcotráfico, etc. (28).
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Presentación del libro negando el SAP.
http://projusticia.es/noticias/documentos/el-pretendido-sindrome-de-alienacion-parental-un-instrumento-que-perpetua-el-maltrato-y-la-violencia.htm
2.- Así nos informan. Censura informativa.
http://projusticia.es/asi%20nos%20informan/asi%20nos%20informan.htm
3.- Industria del maltrato.
http://projusticia.es/industria%20del%20maltrato/industria%20del%20maltrato.htm
4.- Subvenciones, beneficiarias y uso de las mismas.
http://projusticia.es/subvenciones%20y%20su%20empleo/subvenciones%20y%20empleo%20de%20las%20mismas.htm
5.- Los méritos de Lorente Acosta: servir de soporte a las mentiras feministas.
http://projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/Los%20meritos%20de%20Lorente%20Acosta.htm
6.- Igualdad niega un síndrome que Zapatero tildó de 'grave problema'.
http://projusticia.es/noticias/documentos/igualdad-niega-un-sindrome-que-Zapatero-tildo-de-grave-problema.htm
7.- Carta de Zapatero a madre afectada por SAP
http://projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/carta-de-Zapatero-reconociendo-el-SAP.jpg
7.- Congreso sobre el Síndrome de Alienación Parental y la Custodia Compartida en León.
http://www.congresointernacionalsap.org
8.- Zapatero recibe a feministas radicales.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/documentos/Rodriguez%20Zapatero%20recibe%20a%20las%20hembristas%20tras%20su%20llegada%20al%20poder.htm
9.- Zapatero cumple órdenes de las feministas.
http://projusticia.es/Custodia%20Compartida/documentos/(Amp)Zapatero%20revisara%20el%20regimen%20de%20custodia%20compartida%20de.htm
10.- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
11.- Denuncias falsas de maltrato.
http://projusticia.es/denuncias%20falsas/denuncias%20falsas.htm
12.- Defensor del Menor alerta sobre el Síndrome de Alienación Parental.
http://www.projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/documentos/sindrome_alienacion_parental.pdf
13.- Colegio de psicólogos se posiciona acerca del SAP.
http://projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/el-COP-se-pronuncia-sobre-el-SAP.html
14.- Colegio de médicos se posiciona sobre el SAP.
http://projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/colegio%20de%20medicos%20de%20madrid,%20symposio%20sobre%20sap%2020-02-06_programa.pdf
15.- Respuesta de ASEMIP al Ministerio de igualdad.
http://projusticia.es/articulos/documentos/respuesta-anuncio-ministra-posiciones-contrarias-a-SAP.html
16.- Jorge Corsi detenido.
http://projusticia.es/noticias/documentos/conmocion-en-Argentina-por-la-detencion-de-un-conocido-psicologo-acusado-de-pederastia.htm
17.- III Congreso Observatorio contra la violencia de género.
http://projusticia.es/noticias/documentos/III-congreso-observatorio-violencia.pdf
18.- Declaraciones de Montserrat Comas en Onda Cero.
http://projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/nota%20de%20prensa%20declaraciones%20Montserrat%20Comas%20en%20Onda%20Cero.doc
19.- Custodia Compartida.
http://projusticia.es/custodia%20compartida/custodia%20compartida.htm
20.- Ley de igualdad.
http://projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
21.- Ley integral contra la violencia de género.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
22.- Ley del divorcio.
http://projusticia.es/ley%20del%20divorcio/ley%20del%20divorcio.html
23.- Ley de mediación familiar.
http://projusticia.es/ley-de-mediacion-familiar/ley-de-mediacion-familiar.htm
24.- Consecuencias de separaciones en los hijos.
http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
25.- Victoria Carrascosa dice que la niña tiene recuerdos de maltrato.
http://www.projusticia.es\casos-particulares\documentos\Peter-Innes\documentos\Maria-Jose-Carrascosa-hace-una-contraoferta-para-negociar-con-su-ex-marido.htm
26.- Informe del perito del juzgado de Valencia sobre Victoria Innes Carrascosa.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/informe-Victoria-Innes.pdf
27.- Victoria Innes Carrascosa
http://projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/Victoria%20Innes%20Carrascosa.htm
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
Manifestación por la custodia compartida, contra las denuncias falsas y el Síndrome de Alienación Parental.
Madrid. 21 de noviembre de 2009. 12 horas.
Plaza del Callao - Plaza de Oriente
Más información:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2009.htm
El pasado 29 de septiembre ha tenido lugar en el Ministerio de igualdad la presentación de un libro que niega la existencia del Síndrome de Alienación Parental (1).
No deja de ser un nuevo intento de ocultar la verdad (2) por miedo a perder el lucrativo negocio de la industria del maltrato (3) financiada generosamente a costa de los Presupuestos generales del Estado (4).
En esta ocasión el ridículo ha llegado a mayores. Lorente Acosta (5) ha sido preguntado, por una redactora del diario “El Mundo” (6), cómo es posible que el Ministerio niegue la existencia del SAP si el propio presidente del Gobierno reconoce que es un grave problema que hay que solucionar, en respuesta por carta a una madre afectada por este grave problema (7). El delegado del Gobierno en un nuevo alarde de cinismo ha contestado que no es incompatible negar la existencia y que haya casos puntuales.
Este esperpento se produce tras la celebración del “Congreso internacional sobre Síndrome de Alienación Parental y Custodia Compartida”, celebrado en León (8). El propio Zapatero aceptó la presidencia del Comité de Honor. La ministra de Sanidad también aceptó ser parte del citado Comité. Tanto Zapatero como Jiménez se descolgaron semanas después tras recibir las consabidas presiones de los grupos feministas radicales.
El gobierno de Zapatero desde su llegada al poder viene siendo “chantajeado” (9) por grupos feministas radicales que imponen sus dictados a los que se pliega sin rechistar el Gobierno y el partido que le sustenta (10).
La ocultación y manipulación de datos cuando no la negación de lo evidente (11), como es el caso que nos ocupa o el asunto de las denuncias falsas (12) íntimamente ligado al SAP, por parte de este colectivo radical, choca de frente con el reconocimiento del problema por parte del Defensor del menor (13), del Colegio de psicólogos (14), del Colegio de Médicos (15) o con la contundente respuesta de ASEMIP (16).
Argumentan estos personajes que el Síndrome de Alienación Parental no está incluido en el DSM IV. Pero tampoco lo están el Síndrome de Estocolmo, el Síndrome de Munchausen o el Síndrome de la mujer maltratada. Éste último constantemente citado en los informes que emiten los “profesionales” que trabajan a la sombra de la industria del maltrato.
Difaman a Gardner, quien tipificó el Síndrome de Alienación Parental, acusándole de pedófilo. Acusación basada en tergiversaciones de sus escritos. Curiosamente las autoras del libro presentado en el Ministerio son parte del equipo que “dirigía” Jorge Corsi. Gurú del colectivo que imparte cursos por doquier para adoctrinar en como se ha de evitar el maltrato a las mujeres y a los niños. Jorge Corsi está detenido en Argentina por abusos sexuales a menores (17).
El Observatorio de Violencia de género, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, por boca de su actual presidenta, Inmaculada Montalbán, niega la existencia del SAP. Atribuyéndose unas competencias que no tiene pues no deja de ser parte del órgano de gobierno de los jueces. Pero este órgano nada tiene que ver con psiquiatras o psicólogos. No sorprende por tanto que ante la solicitud de entrevista para tratar estos temas, Inmaculada Montalbán rechace la petición argumentando que “no corresponde a los /as Vocales del CGPJ mantener este tipo de entrevistas, cuyo contenido parece corresponder a otros foros de debate”. Es más, en octubre próximo se celebrará el III Congreso del Observatorio de violencia de género en el que se debatirán estos asuntos (18). Aunque más que debate lo que habrá, una vez más, será la imposición de los dogmas feministas. Actitud y hechos de los que su predecesora en el cargo, Montserrat Comas, ya hizo gala (19). No olvidemos que también niegan la existencia de denuncias falsas de maltrato.
Resulta evidente que el mejor medio para prevenir el SAP es la Custodia Compartida (20) de los hijos tras las separaciones conyugales toda vez que se impide al alienador disponer no sólo de mucho más tiempo para proceder a su nefanda labor sino que se evita que se le prive a los niños de conocer la otra versión al mantenerseles alejados del otro progenitor.
Pero esta sencilla solución, la Custodia Compartida, adoptada por la inmensa mayoría de los países de nuestro entorno con resultados contundentes en beneficio de los menores y de los adultos, choca de frente con los intereses económicos de los grupos feministas radicales, quienes vienen imponiendo cambios legislativos que han mandado a la alcantarilla principios jurídicos básicos como el principio de presunción de inocencia, como queda reflejado en el artículo trece de la Ley de igualdad (21). La ley integral de violencia de género (22), la ley del divorcio (23), la ley de mediación familiar (24), la ley de igualdad, reglamentos, protocolos, etc., no han hecho sino ahondar en la perversamente llamada discriminación positiva, facilitando el soporte legal necesario para mantener la industria del maltrato.
No queremos terminar sin recordar los graves perjuicios que sufren los menores. los hijos de padres separados que han sufrido las consecuencias de haber sido apartados de una relación normal con su padre y la familia extensa. Según el U.S.A. Department of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y relación con su padre, son (25):
5 veces más propensos a cometer suicidio.
32 veces más propensos a irse de casa.
20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
9 veces más propensos a abandonar los estudios.
10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
20 veces más propensos a acabar en prisión.
Baste un ejemplo: el caso Innes – Carrascosa (26). El proceso de SAP al que está siendo sometida la menor no puede ser más claro (27) con el consabido aderezo de denuncias falsas a su padre: maltrato, falsedad documental, bigamia, narcotráfico, etc. (28).
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
1.- Presentación del libro negando el SAP.
http://projusticia.es/noticias/documentos/el-pretendido-sindrome-de-alienacion-parental-un-instrumento-que-perpetua-el-maltrato-y-la-violencia.htm
2.- Así nos informan. Censura informativa.
http://projusticia.es/asi%20nos%20informan/asi%20nos%20informan.htm
3.- Industria del maltrato.
http://projusticia.es/industria%20del%20maltrato/industria%20del%20maltrato.htm
4.- Subvenciones, beneficiarias y uso de las mismas.
http://projusticia.es/subvenciones%20y%20su%20empleo/subvenciones%20y%20empleo%20de%20las%20mismas.htm
5.- Los méritos de Lorente Acosta: servir de soporte a las mentiras feministas.
http://projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/Los%20meritos%20de%20Lorente%20Acosta.htm
6.- Igualdad niega un síndrome que Zapatero tildó de 'grave problema'.
http://projusticia.es/noticias/documentos/igualdad-niega-un-sindrome-que-Zapatero-tildo-de-grave-problema.htm
7.- Carta de Zapatero a madre afectada por SAP
http://projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/carta-de-Zapatero-reconociendo-el-SAP.jpg
7.- Congreso sobre el Síndrome de Alienación Parental y la Custodia Compartida en León.
http://www.congresointernacionalsap.org
8.- Zapatero recibe a feministas radicales.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/documentos/Rodriguez%20Zapatero%20recibe%20a%20las%20hembristas%20tras%20su%20llegada%20al%20poder.htm
9.- Zapatero cumple órdenes de las feministas.
http://projusticia.es/Custodia%20Compartida/documentos/(Amp)Zapatero%20revisara%20el%20regimen%20de%20custodia%20compartida%20de.htm
10.- Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
11.- Denuncias falsas de maltrato.
http://projusticia.es/denuncias%20falsas/denuncias%20falsas.htm
12.- Defensor del Menor alerta sobre el Síndrome de Alienación Parental.
http://www.projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/documentos/sindrome_alienacion_parental.pdf
13.- Colegio de psicólogos se posiciona acerca del SAP.
http://projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/el-COP-se-pronuncia-sobre-el-SAP.html
14.- Colegio de médicos se posiciona sobre el SAP.
http://projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/colegio%20de%20medicos%20de%20madrid,%20symposio%20sobre%20sap%2020-02-06_programa.pdf
15.- Respuesta de ASEMIP al Ministerio de igualdad.
http://projusticia.es/articulos/documentos/respuesta-anuncio-ministra-posiciones-contrarias-a-SAP.html
16.- Jorge Corsi detenido.
http://projusticia.es/noticias/documentos/conmocion-en-Argentina-por-la-detencion-de-un-conocido-psicologo-acusado-de-pederastia.htm
17.- III Congreso Observatorio contra la violencia de género.
http://projusticia.es/noticias/documentos/III-congreso-observatorio-violencia.pdf
18.- Declaraciones de Montserrat Comas en Onda Cero.
http://projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/nota%20de%20prensa%20declaraciones%20Montserrat%20Comas%20en%20Onda%20Cero.doc
19.- Custodia Compartida.
http://projusticia.es/custodia%20compartida/custodia%20compartida.htm
20.- Ley de igualdad.
http://projusticia.es/ley%20de%20igualdad/ley%20de%20igualdad%20o%20de%20desigualdad.html
21.- Ley integral contra la violencia de género.
http://projusticia.es/ley%20integral%20de%20violencia%20de%20genero/ley%20integral%20contra%20la%20violencia%20de%20genero.htm
22.- Ley del divorcio.
http://projusticia.es/ley%20del%20divorcio/ley%20del%20divorcio.html
23.- Ley de mediación familiar.
http://projusticia.es/ley-de-mediacion-familiar/ley-de-mediacion-familiar.htm
24.- Consecuencias de separaciones en los hijos.
http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm
25.- Victoria Carrascosa dice que la niña tiene recuerdos de maltrato.
http://www.projusticia.es\casos-particulares\documentos\Peter-Innes\documentos\Maria-Jose-Carrascosa-hace-una-contraoferta-para-negociar-con-su-ex-marido.htm
26.- Informe del perito del juzgado de Valencia sobre Victoria Innes Carrascosa.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/informe-Victoria-Innes.pdf
27.- Victoria Innes Carrascosa
http://projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/Victoria%20Innes%20Carrascosa.htm
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
Manifestación por la custodia compartida, contra las denuncias falsas y el Síndrome de Alienación Parental.
Madrid. 21 de noviembre de 2009. 12 horas.
Plaza del Callao - Plaza de Oriente
Más información:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2009.htm
domingo, 6 de septiembre de 2009
Caso María José Carrascosa: engaño continuo
Caso Carrascosa: engaño continuo.
Ante los últimos acontecimientos producidos en torno a este triste caso, quisiéramos hacer públicos algunos pormenores, pues lejos de intentar resolver la lamentable situación que padece la niña Victoria Solenne Innes Carrascosa, las instituciones españolas están entrando en el juego de la familia Carrascosa.
Fiscal de menores de Valencia.
Dª. Gema García, fiscal de menores en Valencia, presente en la reunión de La Haya, manifestó de manera informal que su objetivo prioritario era ayudar a alcanzar un acuerdo entre las partes (padre, madre, justicia española y justicia estadounidense) que no podía ser otro mas que la Custodia Compartida de la menor.
Caso de no poderse alcanzar el acuerdo sobre Custodia Compartida, Dª Gema García nos comentó que dado que la madre estaba en prisión, podría instar como fiscal la devolución de la niña al padre, pues contaba con la aprobación por escrito de su superior jerárquico, el fiscal general del Estado, D. Cándido Gómez Pumpido.
Durante la comida de la reunión de La Haya se explicó a los jueces estadounidenses que una de las funciones del fiscal en España es velar por el interés del menor al ser su “abogado” en los procesos de familia. A Dª Gema García se le preguntó el porqué la fiscalía no ha hecho nada para proteger a la niña dado que a los pocos meses de llegar a España con su madre, en junio de 2005, el perito psicólogo del juzgado de Valencia determinó que la niña presentaba “Evidencias claras de manipulación de la menor por parte de la progenitora, creando mediante actitudes y verbalizaciones, una imagen negativa del progenitor, favoreciendo rechazo hacia el mismo”, así como la conveniencia de su retorno a EE.UU dado que “El mantenimiento de la residencia de la menor, en nuestro país, supondría un cese de la relación paterno-filial, ya que la actitud de la progenitora es contraria a dicha relación, por lo que conllevaría riesgos en el desarrollo psico-emocional de la menor”. Dª Gema García se limitó a contestar que ella no llevó el caso en esa época.
En estos últimos meses hemos podido comprobar que el único interés de la fiscal es conseguir la excarcelación de la madre.
Finalmente la fiscal pretende iniciar el proceso judicial para traspasar la custodia a los abuelos maternos obviando que existe un padre y que la familia Carrascosa es quien ha dado lugar a esta aberrante situación.
Último abogado de la familia Montes.
La actuación del actual abogado de la familia Carrascosa puede calificarse como negativa.
Ya a su llegada a la reunión de La Haya se negó a entrar en la misma exigiendo la salida de un representante del Sr. Innes como paso previo a que él accediese a la reunión. Delante de las autoridades españolas, estadounidenses y miembros del organismo anfitrión, se dedicó a calumniar e injuriar al representante del Sr. Innes, alardeando de conocerle bien, a él y a la asociación que representa, llegando a decir que le enviaban a su despacho de abogado numerosos clientes, todos ellos o locos o maltratadores, cuando no ambas cosas. Afortunadamente fue bastante sencillo demostrar al resto de los asistentes las calumnias e injurias de Marcos García.
En cualquier caso, Marcos García alardeó de que conseguiría que María José Carrascosa firmase el acuerdo gracias a su buen hacer o de lo contrario abandonaría el caso. Sin embargo, no ha hecho ni una cosa ni la otra. Lo que el resto de las partes ignorábamos es que su propuesta consistía en excarcelar a María José Carrascosa, darle la custodia de la niña y que ésta permaneciese en España, tal y como expuso en varios medios de comunicación.
Como era de esperar dada la trayectoria de María José Carrascosa, ésta no sólo se negó a firmar el acuerdo, más que ventajoso para ella, sino que se arrogó un nuevo plazo para imponer sus condiciones. Finalmente no cumplió con el nuevo plazo que ella misma había impuesto a todas las partes ni facilitó sus propuestas.
Ministerio de Justicia.
La labor del personal del Ministerio de Justicia encargado de este asunto, Aurora Mejía y Ana Gallego, no ha sido otra que favorecer los intereses de María José Carrascosa.
Sus prejuicios y “formación” sólo les permiten defender los interese de la mujer. Así, por ejemplo, en la reunión que Projusticia mantuvo con ellas en el despacho de la calle San Bernardo de Madrid, Aurora Mejías se presentó como experta en género y Ana Gallego argumentó que la única que estaba sufriendo era María José Carrascosa y que Peter Innes no sufría. No es difícill imaginar cuál sería su criterio si fuese María José Carrascosa quien no supiese nada de su hija, como le sucede a Peter Innes.
El interés de la menor en general, su necesidad de padre y madre y que esté siendo maltratada por la familia materna (no olvidemos que el Síndrome de Alienación Parental es el maltrato infantil que se da en mayor medida según el Defensor del Menor) en nada parece preocuparles a estas funcionarias.
Los numerosos gastos en que está incurriendo la administración española están dedicados únicamente a defender los intereses de la mujer. La niña, ciudadana española, no sólo no está recibiendo ayuda sino que se la está manteniendo alejada de su padre.
Conferencia de la Haya.
En contra de lo que se ha venido publicando en diversos medios, dando por buena la versión facilitada por la familia Carrascosa, atribuyéndole a Peter Innes la autoría y por tanto las condiciones, el borrador de acuerdo fue redactado por todas las partes intervinientes en la reunión de La Haya.
Esto es, Peter Innes, el padre, lejos de imponer sus condiciones, aceptó las que se debatieron y aprobaron en La Haya pues su interés es el beneficio de su hija.
Ha sido María José Carrascosa la que se ha negado a llegar a acuerdo alguno, convencida de ser la propietaria de la niña por el hecho de ser la madre. No hay que olvidar que María José Carrascosa ha llegado a escribir desde la cárcel a las autoridades españolas, Ministerio de Justicia y de Asuntos Exteriores, desautorizando a sus padres.
Juzgado de Valencia.
El juez del juzgado de Valencia lleva incurriendo en varios “errores” sobre este asunto. El mayor de los “errores” ha sido el no obligar el retorno de la menor tras el informe del perito asignado al juzgado. Es evidente el daño irreparable al que se está sometiendo a la menor sin que el juez tome medida alguna para evitarlo.
No se debe olvidar que según recientes declaraciones de Victoria Carrascosa, la menor está siguiendo un tratamiento psicológico en el que están aflorando recuerdos negativos sobre su padre. Recuerdos que no pueden ser sino los falsos recuerdos inducidos por la familia Carrascosa pues ya en el año 2005 el perito del juzgado español certificó lo contrario. Por tanto, la acción y omisión de la administración española está provocando un serio daño a la menor, ciudadana española, y a la familia paterna.
No deja de ser llamativo la enorme cantidad de abogados que ha venido utilizando la familia Carrascosa, algunos de los cuales tienen abiertas causas por impago de honorarios contra la familia Carrascosa.
No se ha de olvidar que todas y cada una de las denuncias de María José Carrascosa contra Peter Innes (maltrato, envenenamiento, bigamia, narcotráfico, etc.) han sido archivadas.
Adjuntamos enlace a la sentencia de divorcio del tribunal de EE.UU., único competente en el caso.
Peter Innes NUNCA ha impedido a su excónyuge, y familia, mantener la relación con su hija común. María José Carrascosa está haciendo lo imposible para impedir que su excónyuge, y familia, mantenga la relación con su hija común.
A pesar de todo esto, aún hay quien justifica y defiende lo que está haciendo María José Carrascosa y su familia.
Para más información sobre este caso visite www.victoriainnes.com o póngase en contacto con PROJUSTICIA en www.projusticia.es.
Victoria Innes Carrascosa
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/Victoria%20Innes%20Carrascosa.htm
Aclaraciones sobre las últimas mentiras de la familia Carrascosa.
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/aclaraciones%20sobre%20las%20ultimas%20mentiras%20de%20la%20familia%20Carrascosa.html
Informe del perito del juzgado de Valencia sobre Victoria Innes Carrascosa.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/informe-Victoria-Innes.pdf
Sentencia de divorcio.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/final-jugdement.pdf
Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
Victoria Carrascosa dice que la niña tiene recuerdos de maltrato.
http://www.projusticia.es\casos-particulares\documentos\Peter-Innes\documentos\Maria-Jose-Carrascosa-hace-una-contraoferta-para-negociar-con-su-ex-marido.htm
Defensor del Menor. Síndrome de alienación parental.
http://www.projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/documentos/sindrome_alienacion_parental.pdf
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
Manifestación por la custodia compartida.
Madrid. 21 de noviembre de 2009. 12 horas.
Plaza del Callao - Plaza de Oriente
Más información:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2009.htm
Ante los últimos acontecimientos producidos en torno a este triste caso, quisiéramos hacer públicos algunos pormenores, pues lejos de intentar resolver la lamentable situación que padece la niña Victoria Solenne Innes Carrascosa, las instituciones españolas están entrando en el juego de la familia Carrascosa.
Fiscal de menores de Valencia.
Dª. Gema García, fiscal de menores en Valencia, presente en la reunión de La Haya, manifestó de manera informal que su objetivo prioritario era ayudar a alcanzar un acuerdo entre las partes (padre, madre, justicia española y justicia estadounidense) que no podía ser otro mas que la Custodia Compartida de la menor.
Caso de no poderse alcanzar el acuerdo sobre Custodia Compartida, Dª Gema García nos comentó que dado que la madre estaba en prisión, podría instar como fiscal la devolución de la niña al padre, pues contaba con la aprobación por escrito de su superior jerárquico, el fiscal general del Estado, D. Cándido Gómez Pumpido.
Durante la comida de la reunión de La Haya se explicó a los jueces estadounidenses que una de las funciones del fiscal en España es velar por el interés del menor al ser su “abogado” en los procesos de familia. A Dª Gema García se le preguntó el porqué la fiscalía no ha hecho nada para proteger a la niña dado que a los pocos meses de llegar a España con su madre, en junio de 2005, el perito psicólogo del juzgado de Valencia determinó que la niña presentaba “Evidencias claras de manipulación de la menor por parte de la progenitora, creando mediante actitudes y verbalizaciones, una imagen negativa del progenitor, favoreciendo rechazo hacia el mismo”, así como la conveniencia de su retorno a EE.UU dado que “El mantenimiento de la residencia de la menor, en nuestro país, supondría un cese de la relación paterno-filial, ya que la actitud de la progenitora es contraria a dicha relación, por lo que conllevaría riesgos en el desarrollo psico-emocional de la menor”. Dª Gema García se limitó a contestar que ella no llevó el caso en esa época.
En estos últimos meses hemos podido comprobar que el único interés de la fiscal es conseguir la excarcelación de la madre.
Finalmente la fiscal pretende iniciar el proceso judicial para traspasar la custodia a los abuelos maternos obviando que existe un padre y que la familia Carrascosa es quien ha dado lugar a esta aberrante situación.
Último abogado de la familia Montes.
La actuación del actual abogado de la familia Carrascosa puede calificarse como negativa.
Ya a su llegada a la reunión de La Haya se negó a entrar en la misma exigiendo la salida de un representante del Sr. Innes como paso previo a que él accediese a la reunión. Delante de las autoridades españolas, estadounidenses y miembros del organismo anfitrión, se dedicó a calumniar e injuriar al representante del Sr. Innes, alardeando de conocerle bien, a él y a la asociación que representa, llegando a decir que le enviaban a su despacho de abogado numerosos clientes, todos ellos o locos o maltratadores, cuando no ambas cosas. Afortunadamente fue bastante sencillo demostrar al resto de los asistentes las calumnias e injurias de Marcos García.
En cualquier caso, Marcos García alardeó de que conseguiría que María José Carrascosa firmase el acuerdo gracias a su buen hacer o de lo contrario abandonaría el caso. Sin embargo, no ha hecho ni una cosa ni la otra. Lo que el resto de las partes ignorábamos es que su propuesta consistía en excarcelar a María José Carrascosa, darle la custodia de la niña y que ésta permaneciese en España, tal y como expuso en varios medios de comunicación.
Como era de esperar dada la trayectoria de María José Carrascosa, ésta no sólo se negó a firmar el acuerdo, más que ventajoso para ella, sino que se arrogó un nuevo plazo para imponer sus condiciones. Finalmente no cumplió con el nuevo plazo que ella misma había impuesto a todas las partes ni facilitó sus propuestas.
Ministerio de Justicia.
La labor del personal del Ministerio de Justicia encargado de este asunto, Aurora Mejía y Ana Gallego, no ha sido otra que favorecer los intereses de María José Carrascosa.
Sus prejuicios y “formación” sólo les permiten defender los interese de la mujer. Así, por ejemplo, en la reunión que Projusticia mantuvo con ellas en el despacho de la calle San Bernardo de Madrid, Aurora Mejías se presentó como experta en género y Ana Gallego argumentó que la única que estaba sufriendo era María José Carrascosa y que Peter Innes no sufría. No es difícill imaginar cuál sería su criterio si fuese María José Carrascosa quien no supiese nada de su hija, como le sucede a Peter Innes.
El interés de la menor en general, su necesidad de padre y madre y que esté siendo maltratada por la familia materna (no olvidemos que el Síndrome de Alienación Parental es el maltrato infantil que se da en mayor medida según el Defensor del Menor) en nada parece preocuparles a estas funcionarias.
Los numerosos gastos en que está incurriendo la administración española están dedicados únicamente a defender los intereses de la mujer. La niña, ciudadana española, no sólo no está recibiendo ayuda sino que se la está manteniendo alejada de su padre.
Conferencia de la Haya.
En contra de lo que se ha venido publicando en diversos medios, dando por buena la versión facilitada por la familia Carrascosa, atribuyéndole a Peter Innes la autoría y por tanto las condiciones, el borrador de acuerdo fue redactado por todas las partes intervinientes en la reunión de La Haya.
Esto es, Peter Innes, el padre, lejos de imponer sus condiciones, aceptó las que se debatieron y aprobaron en La Haya pues su interés es el beneficio de su hija.
Ha sido María José Carrascosa la que se ha negado a llegar a acuerdo alguno, convencida de ser la propietaria de la niña por el hecho de ser la madre. No hay que olvidar que María José Carrascosa ha llegado a escribir desde la cárcel a las autoridades españolas, Ministerio de Justicia y de Asuntos Exteriores, desautorizando a sus padres.
Juzgado de Valencia.
El juez del juzgado de Valencia lleva incurriendo en varios “errores” sobre este asunto. El mayor de los “errores” ha sido el no obligar el retorno de la menor tras el informe del perito asignado al juzgado. Es evidente el daño irreparable al que se está sometiendo a la menor sin que el juez tome medida alguna para evitarlo.
No se debe olvidar que según recientes declaraciones de Victoria Carrascosa, la menor está siguiendo un tratamiento psicológico en el que están aflorando recuerdos negativos sobre su padre. Recuerdos que no pueden ser sino los falsos recuerdos inducidos por la familia Carrascosa pues ya en el año 2005 el perito del juzgado español certificó lo contrario. Por tanto, la acción y omisión de la administración española está provocando un serio daño a la menor, ciudadana española, y a la familia paterna.
No deja de ser llamativo la enorme cantidad de abogados que ha venido utilizando la familia Carrascosa, algunos de los cuales tienen abiertas causas por impago de honorarios contra la familia Carrascosa.
No se ha de olvidar que todas y cada una de las denuncias de María José Carrascosa contra Peter Innes (maltrato, envenenamiento, bigamia, narcotráfico, etc.) han sido archivadas.
Adjuntamos enlace a la sentencia de divorcio del tribunal de EE.UU., único competente en el caso.
Peter Innes NUNCA ha impedido a su excónyuge, y familia, mantener la relación con su hija común. María José Carrascosa está haciendo lo imposible para impedir que su excónyuge, y familia, mantenga la relación con su hija común.
A pesar de todo esto, aún hay quien justifica y defiende lo que está haciendo María José Carrascosa y su familia.
Para más información sobre este caso visite www.victoriainnes.com o póngase en contacto con PROJUSTICIA en www.projusticia.es.
Victoria Innes Carrascosa
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/Victoria%20Innes%20Carrascosa.htm
Aclaraciones sobre las últimas mentiras de la familia Carrascosa.
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa/aclaraciones%20sobre%20las%20ultimas%20mentiras%20de%20la%20familia%20Carrascosa.html
Informe del perito del juzgado de Valencia sobre Victoria Innes Carrascosa.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/informe-Victoria-Innes.pdf
Sentencia de divorcio.
http://www.projusticia.es/Victoria%20Innes%20Carrascosa/documentos/final-jugdement.pdf
Mentiras de las feministas.
http://www.projusticia.es/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales/mentiras%20de%20las%20feministas%20radicales.htm
Victoria Carrascosa dice que la niña tiene recuerdos de maltrato.
http://www.projusticia.es\casos-particulares\documentos\Peter-Innes\documentos\Maria-Jose-Carrascosa-hace-una-contraoferta-para-negociar-con-su-ex-marido.htm
Defensor del Menor. Síndrome de alienación parental.
http://www.projusticia.es/sindrome%20de%20alienacion%20parental/documentos/documentos/sindrome_alienacion_parental.pdf
Dpto. de prensa
PROJUSTICIA
Notas de prensa anteriores:
http://www.projusticia.es/notas%20de%20prensa/notas%20de%20prensa.html
Manifestación por la custodia compartida.
Madrid. 21 de noviembre de 2009. 12 horas.
Plaza del Callao - Plaza de Oriente
Más información:
http://www.projusticia.es/madridnoviembre2009.htm
viernes, 28 de agosto de 2009
Congreso internacional sobre Síndrome de Alienación Parental
Del 17 al 19 de septiembre de 2009 tendrá lugar en León el Congreso internacional sobre Síndrome de Alienación Parental.
www.congresointernacionalsap.org
www.congresointernacionalsap.org
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